La Cámara de Diputados aprobó el 28 de octubre la Ley del Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social (Coneval) y la envió al Senado para su revisión.
El documento convierte al Coneval en un órgano autónomo del Estado; es decir, se separará de la Secretaría de Desarrollo Social y su objetivo será medir la pobreza en México, así como evaluar de los programas y acciones de la Política de Desarrollo Social.
Las atribuciones del Coneval serán:
1- Emitir lineamientos y criterios para la definición, identificación y medición de la pobreza.
2- Establecer criterios y lineamientos para las metodologías de evaluación de la Política de Desarrollo Social, así como estrategias, programas y acciones de desarrollo social.
3- Evaluar periódicamente el cumplimiento del objetivo social de programas, acciones y estrategias de la Política de Desarrollo Social de los 3 niveles de gobierno y emitir las recomendaciones que considere pertinentes.
4- Emitir los criterios para la elaboración y revisión de los indicadores que se establezcan para reflejar el cumplimiento de los objetivos de la Política de Desarrollo Social.
5- Integrar y administrar el Sistema de Indicadores de la Política de Desarrollo Social para que las autoridades de los 3 niveles de gobierno tengan información actualizada sobre los avances de las estrategias.
6- Establecer los requisitos mínimos que deben cumplir los organismos evaluadores independientes.
7- Emitir las recomendaciones que considere necesarias a las autoridades para cumplir con los planes nacional y estatales de Desarrollo.
8- Puede dirigir recomendaciones a la Comisión Nacional de Desarrollo Social y al Congreso de la Unión sobre asuntos legislativos en materia de desarrollo social.
9- Realizar estudios e investigaciones en la materia que permitan evaluar y orientar la Política de Desarrollo Social.
10- Actuar como órgano de consulta en materia de desarrollo social para las autoridades de los 3 niveles de gobierno.
Análisis
El Coneval presentará un informe a nivel nacional y estatal cada 2 años sobre el ejercicio de los Derechos sociales y cada 5 años uno a nivel municipal.
Consejo General
Será el máximo órgano de gobierno del Coneval y se integrará de la siguiente manera:
- 1 presidente que se encargará de:
- 6 consejeros |
La Comisión Nacional de Desarrollo Social emitirá una convocatoria pública que detallará las etapas para el proceso de elección, fechas y plazos para que los aspirantes a consejeros se registren.
Una vez desahogado el periodo de convocatoria, la Comisión propondrá a la Cámara de Diputados una terna de candidatos por cada vacante.
El Pleno de la Cámara de Diputados elegirá a cada uno de los consejeros y al presidente por el voto de las 2 terceras partes de los miembros presentes.
Los consejeros permanecerán 4 años en su cargo y podrán ser ratificados para un segundo periodo.
El presidente de la República podrá objetar los nombramientos.
La elección de los primeros consejeros y del presidente del Consejo General se realizará dentro de los 60 días posteriores a la publicación del decreto.