Espionaje: entre la clandestinidad y la legalidad

Si bien el espionaje se basa en una gran cantidad de fuentes, el avance de la tecnología lo ha convertido en un virus sin vacuna.

Arturo Moncada
Política
Edifico de la NSA
Foto: AP

Los documentos diplomáticos estadunidenses filtrados por WikiLeaks en 2010 y la publicación en 2013 de artículos e informes secretos sobre vigilancia masiva realizada por el gobierno de Washington, que Edward Snowden, trabajador en una empresa contratista del sector de inteligencia de Estados Unidos, entregó a la prensa, permitieron al mundo conocer más sobre el espionaje internacional, desde su escala hasta sus métodos.

Si bien el espionaje siempre se ha proveído de una gran cantidad de fuentes, el avance de la tecnología lo ha convertido en un virus sin vacuna.


Hay dos puntos que llamaron la atención del público no acostumbrado al mundo de la inteligencia:

El primero es la escala de los sistemas de vigilancia masiva estadunidenses, herramientas tecnológicas que permiten la recolección de inmensas cantidades de datos de teléfonos, correos electrónicos y otros canales tecnológicos de comunicación. Esta escala fue posible en muchos casos por la colaboración de empresas del sector privado.


El segundo es el espionaje a jefes de Estado y delegaciones diplomáticas o comerciales. En varios casos el hecho de que estos fueran de países aliados de Estados Unidos empeoró la percepción del público sobre los programas de espionaje.

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Debate

Los Estados utilizan el espionaje en caso de un conflicto o para evitarlo, generalmente espiando a otro Estado. También se espía para adquirir una ventaja industrial o comercial o en la búsqueda de amenazas de seguridad que no son provocadas por otros Estados, como, por ejemplo, el terrorismo.

En este marco, actualmente existe un debate sobre la necesidad de la implementación de métodos de espionaje y sobre los mecanismos de control que se pueden implementar.

Así, mientras un tribunal de apelaciones de Nueva York declaró ilegal el espionaje realizado por la Agencia Nacional de Seguridad (NSA), en Francia la Asamblea Nacional aprobó por mayoría una nueva ley que legaliza esa actividad.

Si bien la decisión estadunidense condenó las actividades de la NSA, los magistrados declinaron bloquear de forma inmediata el programa que realiza ese organismo alegando que la sección 215 de la Patriot Act que lo autoriza aún no caduca. Estas medidas judiciales han sido centro de debate en dos direcciones: para unos es un golpe a las garantías individuales; para otros, recortar estas libertades con el fin de mejorar la seguridad colectiva es un mal necesario.

Gilberto Santa Rita Tamés, doctor en Derecho por la Universidad de Sevilla y académico de la Universidad Iberoamericana, dice que “aquí el problema que tenemos es, como en todo tema jurídico, una colisión de derechos”.

—¿Pero es válido el argumento de la lucha contra el terrorismo para otorgar a diversos métodos de espionaje un carácter legal?

—Por una parte tenemos el derecho a la privacidad, el derecho a la vida íntima, el derecho al no espionaje estatal como un derecho humano, y, por otra parte, tenemos el derecho a la seguridad nacional. Los delitos que atentan contra el Estado a través del terrorismo, de la delincuencia organizada, del genocidio, del espionaje, del botín, del sabotaje y de la piratería marítima atentan contra la seguridad nacional, y como son delitos de máxima envergadura el Estado emplea mecanismos que restringen de manera importante los derechos humanos.

Todas estas normas que incrementan las acciones punitivas, señala el especialista, “que incrementan la intervención del aparato de gobierno en los países, tienen su origen a partir del 11 de septiembre (11-S) de 2001, tras el ataque a las Torres Gemelas de Nueva York. Y posteriormente en los atentados del 11 de marzo (11-M) en Madrid, en 2004, cuando detonan los trenes en la estación de Atocha y, finalmente, los atentados explosivos el 7 de julio de 2005 contra autobuses en Londres”.

Estos son los tres golpes que da el terrorismo aparentemente yihadista contra países emblemáticos en el mundo y que representan muy bien el paradigma de la concepción occidental.

Ante ello, agrega Santa Rita, “las naciones endurecen sus políticas contra el terrorismo y crean herramientas, como lo hace Estados Unidos a principios de la década pasada con la Patriot Act, a través de las cuales se criminaliza de forma anticipada a ciertos enemigos sospechosos de terroristas o de colaboradores con el terrorismo”.

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Legalidad

Hace unas semanas, como parte de la prevención al terrorismo, el Parlamento francés legalizó las actividades de vigilancia de comunicaciones que se supone venían realizando clandestinamente sus servicios secretos.

Amplió el poder del espionaje para controlar la injerencia extranjera en los intereses económicos, industriales o científicos de su país y para dedicarse a tareas genéricamente descritas como de defensa nacional o de la integridad territorial.

Los servicios secretos franceses cuentan ahora con amplios poderes para rastrear la web e interceptar comunicaciones telefónicas y cibernéticas. Y lo harán con autorizaciones del primer ministro, pero sin control judicial, con el objetivo de prevenir el terrorismo, el crimen organizado o el espionaje industrial.

En casos urgentes los espías galos podrán actuar de inmediato y comunicar después su acción.

—¿Esta ley lesiona las garantías de la ciudadanía y la vida democrática?

—Los instrumentos que existen para intervenir determinadas comunicaciones y realizar lo que se conoce como espionaje se encuentran en la mayoría de los Estados democráticos; es decir, son herramientas que el Estado emplea a través de sus mecanismos de inteligencia.

Nuestro país no es la excepción: “México tiene, a través del Centro de Investigación de Seguridad Nacional (Cisen) y la Ley de Seguridad Nacional en el artículo 33 constitucional, la regulación relativa a la intervención de comunicaciones privadas. La intervención de comunicaciones privadas es un tema que solo a solicitud del Cisen o el Ministerio Público a través de la Subprocuraduría Especializada en Investigación de Delincuencia Organizada (Seido) ante un juez federal, es decir, un juez en materia de procesos penales federales, puede permitir que se intervengan las comunicaciones privadas”.

Estas comunicaciones privadas pueden ser de cualquier tipo: chats, redes sociales, teléfono e incluso la comunicación verbal, escrita de propia mano o por gestos. Todas estas comunicaciones están protegidas por el artículo 16 constitucional.

Ahora que, explica el experto, “las comunicaciones que no pueden ser violentadas generalmente en los Estados democráticos son aquellas que están fuera del orden penal, es decir, los asuntos civiles, fiscales, administrativos y la comunicación entre el defensor y el acusado en materia penal no pueden intervenirse. En España, sin embargo, en materia de combate a organizaciones terroristas sí se puede intervenir la comunicación, por ejemplo entre el abogado y un miembro de ETA. Es decir, el paradigma en el sentido de que si existen estas normas no hay democracia no es necesariamente cierto. Ahora lo vemos en Francia, lo tenemos en España... Lo grave, como consta en la información, es que en Francia están permitiendo sin la venia del juez intervenir las comunicaciones. Esto es verdaderamente grave porque abre una ventana de discrecionalidad muy amplia: sin el control judicial, el derecho humano queda completamente desprotegido”.

—¿Qué tan importante es legalizar los métodos que los gobiernos utilizan para sus bases de inteligencia?

—De alguna manera legalizar la intervención de las comunicaciones dota de ciertos derechos de defensa a la persona que es intervenida. Por ejemplo, como sucede en México, si la intervención dura más de seis meses esto se puede combatir. Una intervención que no estaba autorizada por el juez carece de validez. Lo que sucedió con el presidente del Instituto Nacional Electoral (INE), Lorenzo Córdova, evidentemente para temas de denuncia de discriminación, no sirve: siempre pasar por el marco legal una conducta estatal que puede violentar derechos humanos es importante. Lo que sucede en Francia es que no se filtra por un juez esta cuestión.

Ahora bien, indica Santa Rita, “el servicio secreto siempre actuará con o sin autorización legal y después revestirá de legalidad el objeto de las investigaciones. Así es como funciona el servicio secreto: no le va a pedir permiso al Estado, seguirá habiendo espionaje ilícito, a pesar de que tengamos espionaje lícito; es decir, los Estados no bajarán la guardia”.

Incertidumbre

El espionaje provoca en el ciudadano la impresión de ser observado, escuchado y vigilado constantemente y la sensación de que sus derechos individuales son violentados.

Diversos grupos de derechos humanos advierten que la legalización de estas normas encierra el peligro de caer en una vigilancia generalizada e indiferenciada y se corre el riesgo de poner en peligro el Estado de Derecho.

—Evidentemente, existe el riesgo de que los servicios secretos amplíen arbitrariamente sus facultades de control de las personas y de sus comunicaciones. ¿Pero sería peor dejar que los servicios secretos actúen sin marco legal alguno?

—Los activistas trabajan desde el punto de vista de la sensibilización. Su función primordial es que la gente tome conciencia y reflexione sobra las circunstancias que nos rodean. Yo sería un tanto cauteloso ante este tipo de declaraciones. En primera porque el espionaje en México lleva 70 años, no es algo nuevo. Las redes sociales son simplemente un ámbito nuevo donde las personas viven y se expresan y que evidentemente son revisadas por la autoridad; entonces esto lo tomaría con reserva.

No vamos a vivir en un Estado policial, aclara Santa Rita, “porque todo Estado finalmente es policía, todo Estado tiene policía secreta, todo Estado tiene un Cisen, tiene procedimientos que restringen derechos porque no hay otra manera de operar ante los fenómenos delictivos de la actualidad. La apertura de las fronteras, el flujo de capitales sin mayor control, todo lo que rodea el mundo en el que vivimos ha llevado a que los Estados implementen este tipo de armamento jurídico. Sin embargo, no pienso que vayamos a vivir en un tema de restricciones o en un Estado que verdaderamente invada la esfera de la organización ciudadana, que no vamos a poder salir, que no vamos a poder hablar, que no vamos a poder reunirnos. Yo tomaría eso con mucha reserva, porque el propio marco legal que tenemos nos permite hacer esas cosas”.

¿Qué permitirá la nueva ley francesa?

Instalación de balizas de seguimiento en automóviles.

Colocación de micrófonos en lugares privados.

En caso necesario, entrada en domicilios con autorización administrativa y sin intervención de los jueces.

Instalación de cajas negras para detectar automáticamente mediante algoritmos acciones sospechosas en la web; no controla contenidos, pero sí metadatos: direcciones IP, origen y destino de mensajes, tiempo de comunicación, etcétera.

Los espías podrán usar sistemas Imsi Catcher para captar conversaciones y contenidos de teléfonos celulares o computadoras de sospechosos y de quien se encuentre a cientos de metros a la redonda.

Todos los condenados por terrorismo pasarán a un fichero cuyos datos se guardarán 20 años; podrá incluir a menores.