Mayor autonomía a organismos pro derechos humanos estatales

Aprueban moción de modificar el 102 constitucional

Ricardo Pérez Valencia
Nacional
Lia Limón
Foto: Conchita Morales

La Comisión de Puntos Constitucionales de la Cámara de Diputados aprobó modificar el artículo 102 de la Constitución con el objetivo de otorgar autonomía de gestión y presupuestaria a los organismos de derechos humanos de las entidades de la República.

La enmienda precisa que los gobernadores de los estados no podrán intervenir en el proceso de designación de los titulares de las comisiones defensoras de derechos humanos; sería, por tanto, competencia de los Congresos locales. Tampoco podrán incidir en la creación de su personalidad jurídica.

La diputada Lía Limón García, promovente de la enmienda constitucional, sostuvo que ante la situación de derechos humanos que vivimos en el país es necesario fortalecer a los entes estatales en esta materia.

Indicó que el Estado mexicano ha tenido que dar la cara en instancias internacionales por denuncias de violación a las garantías de los ciudadanos; sin embargo, algunos de ellos ocurrieron en entidades federativas que en su momento no actuaron.

“Esto tiene que ver, en varios casos, con la debilidad de los organismos estatales de derechos humanos. Uno de los elementos que la causa es su falta de autonomía. Por tanto, el fortalecimiento a estos derechos fundamentalmente debe hacerse también desde las entidades”, señaló.

Asimismo, el órgano colegiado aprobó el dictamen de la minuta con la que se establece en la Carta Magna la facultad del Congreso de la Unión de expedir una ley general en materia de derechos de las víctimas, la cual debe establecer la concurrencia entre los tres órdenes de gobierno.

El Poder Legislativo ya cuenta con amplios márgenes que lo facultan a regular el tema de las víctimas, no solo de manera regulada, sino concurrente, lo que implica legislar para las entidades federativas e imponerles cargas.

Asimismo, la Comisión de Puntos Constitucionales avaló el dictamen de otra reforma al 102 de la Carta Magna, con el propósito de asignar a los organismos de protección de los derechos humanos la atribución de vigilar a los tres órdenes de gobierno en su tarea de salvaguardar y proteger el principio del interés superior de niños, niñas y adolescentes.

Se afirmó que a pesar de que tal principio está consagrado en la misma Constitución se dista mucho de alcanzar los objetivos deseados.

Por tanto, puntualizó, existe la necesidad de que los organismos protectores de los derechos humanos se encarguen de dar seguimiento especial a las políticas públicas enfocadas al desarrollo de los menores.