Pugnas entre INE y TEPJF enrarecen entorno político-electoral

Con frecuencia los magistrados de la Sala Superior le “enmiendan la plana” a los consejeros electorales

Antonio Caporal
Nacional
INE
Foto: NTX

Con especial prudencia, de manera institucional, sin personalizar y con los argumentos jurídicos a su alcance, los consejeros del Instituto Nacional Electoral (INE) y los magistrados de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) mantienen desde hace algún tiempo una intensa confrontación.

De manera constante el TEPJF recibe una importante cantidad de impugnaciones de partidos políticos y de particulares en contra de las resoluciones del Consejo General del INE y en muchas ocasiones los magistrados revierten las decisiones de los consejeros.


Algunas veces los fallos del tribunal que corrigen las determinaciones del instituto pasan casi desapercibidos en el escenario político-electoral y todo queda allí; sin embargo, cuando en temas de especial relevancia para la sociedad los magistrados resuelven los asuntos en sentido contrario a los consejeros, entonces unos y otros exponen en los medios de comunicación sus diferencias de criterios, las declaraciones se multiplican y dan paso a un ambiente enrarecido, que termina por minar la credibilidad del Instituto, indican los expertos.

Asuntos polémicos

El asunto no es nuevo pero sin duda, señalan los analistas, es en los últimos años cuando con mayor frecuencia el TEPJF “le enmienda” la plana al INE, en muy diversos sentidos. De los casos recientes, los que más han llamado la atención son:

1. Cancelación del registro al PT. El Consejo General del INE resolvió que por no haber conseguido cuando menos 3% de la votación nacional emitida en los comicios federales de 2015 el partido perdería su registro, pero los consejeros no esperaron a que se celebrara una elección extraordinaria en un distrito electoral federal de Aguascalientes.

El PT impugnó la resolución y el tribunal le dio la razón: al final el partido consiguió los votos que le hacían falta en dicha elección extraordinaria para llegar —e incluso superar— a 3% y logró mantener el registro.

Nada gustó a varios consejeros electorales el fallo del tribunal.

2. Cancelación del registro de los candidatos de Morena a las gubernaturas de Zacatecas y Aguascalientes, por no haber presentado a tiempo sus respectivos informes de gastos de precampaña.

El Consejo General del INE lo decidió de esa forma a pesar de que los consejeros Benito Nacif y Javier Santiago hicieron notar que “en el procedimiento de sanción se le restringió el derecho de audiencia” a los candidatos.

Morena solicitó al tribunal revertir dicha resolución alegando que sí habían entregado sus informes. Los magistrados le dieron la razón al partido y ordenaron al instituto emitir una nueva resolución “que tome como punto de partida que los informes de gastos de precampaña sí fueron rendidos, pero de manera extemporánea”.

Los magistrados les recordaron a los consejeros “que en los asuntos presentados ante el pleno de lo que se ocupa y preocupa (este) es de la preservación de un derecho político fundamental, que es precisamente poder ser votado”.

El consejero presidente del INE, Lorenzo Córdova, dijo que ante la sentencia de la Sala Superior, el organismo enfrenta un dilema: “Cómo hacemos para, acatando la sentencia, no permitir que estos criterios le abran al modelo de fiscalización un boquete en la línea de flotación (…) La entrega extemporánea, y eso es lo que no podemos y no vamos a permitir, puede convertirse en una estrategia contable para burlar el ojo fiscalizador del instituto”.

3. Investigación iniciada por el INE a periodistas de televisión por criticar el modelo de comunicación política durante la transmisión de la cobertura especial de la visita del Papa Francisco a México.

Cuando el instituto requirió la comparecencia de los comunicadores por —según el propio INE— haber violado la norma electoral al criticar el referido modelo, los periodistas acudieron ante el tribunal alegando haber formualdo críticas en pleno ejercicio de su libertad de expresión, consagrada en la Constitución.

La Sala Especializada del TEPJF resolvió por unanimidad que el ejercicio de la libertad de expresión de medios y comunicadores no puede ser limitado ni objeto de censura alguna.

Al resolver la queja que el INE presentó contra los comunicadores, la magistrada Gabriela Villafuerte Coello aceptó que los periodistas sí cuestionaron en algunas ocasiones el modelo de comunicación política diseñado por el legislador y administrado por el INE. Sin embargo, precisó, sus opiniones fueron el ejercicio de “una libertad”.

Al emitir su posición, el magistrado Felipe de la Mata Pizaña sostuvo a su vez: “Creemos que la libertad de expresión es piedra angular de los derechos humanos y de los derechos políticos. Así lo establecemos en nuestra sentencia. Tratamos de protegerlo en las funciones que nos fueron encomendadas. En fin, la Sala Especializada ha sido consistente en sus criterios. Es predecible en cuanto a sus sentencias respecto de la protección de la libertad de expresión y, claro, protección al periodismo al extender, a golpe jurisprudencial, un manto protector a estos profesionales de la libertad de expresión y dando certeza a las partes involucradas en los procesos especiales sancionadores”.

Por su lado, el magistrado Clicerio Coello Garcés afirmó que la Sala Especializada “tiene presente que la libre opinión y manifestación de ideas, como lo establece el marco constitucional, no puede ser objeto de inquisición judicial, salvo los límites expresamente establecidos en la Constitución”.

Y sigue y sigue…

El asunto más reciente, en cuanto diferendos entre INE y TEPJF, lo tenemos en el siguiente caso:

El pasado 22 de abril la Comisión de Quejas y Denuncias del INE “ordenó, como tutela preventiva, a la candidata al gobierno del estado de Aguascalientes, Lorena Martínez, y al candidato a la presidencia municipal de Aguascalientes, José de Jesús Ríos, así como a la coalición que los postula, integrada por PRI, PVEM, PT y Panal abstenerse de contratar, adquirir o convenir difusión, divulgación o publicación de sus actividades electorales, en cualquier medio de comunicación”.

Ello debido a que los consejeros presumieron que dichos candidatos pudieron haber violado el modelo de comunicación política al contratar espacios en un canal de televisión, pues este transmitió información en la que se les mencionó.

Los partidos, como es evidente, se inconformaron ante el tribunal electoral.

El pasado 5 de mayo la Sala Especializada del TEPJF “determinó que Lorena Martínez Rodríguez y José de Jesús Ríos Alba, no adquirieron tiempos en radio y televisión, pues las notas transmitidas en un programa de televisión local derivaron de hechos noticiosos de interés general, por lo que se trata de un auténtico ejercicio periodístico efectuado por la televisora”.

Ante esto, el Pleno determinó que “dichos reportajes y noticias tuvieron por objeto informar a la ciudadanía respecto a la actividad de los aspirantes a contender a puestos públicos durante el proceso electoral que se desarrolla actualmente en Aguascalientes, pues una de las funciones de los medios de comunicación, es poner a disposición de la ciudadanía todos los elementos que considere de relevancia, a fin de contribuir a la formación de una opinión pública libre y de una sociedad más informada”.

Preocupación

Para los expertos y los columnistas las constantes diferencias entre INE y TEPJF no son lo que más le conviene al país y, al contrario, pueden generar incertidumbre y enrarecer el ambiente político-electoral.

Asimismo, algunos señalan que dicha situación es producto de la normatividad electoral que tenemos, la cual permite la “litigiosidad” en la contienda y con ello cada partido busca ver si puede ganar en los tribunales lo que no logra en los comicios.

Miguel Arroyo, presidente de la Federación Mexicana de la Abogacía Liberal, considera que las constantes pugnas son producto de que con frecuencia el INE sanciona a partidos y particulares sin observar lo establecido en la Constitución y “entonces, cuando los asuntos llegan el Tribunal Electoral, pues los magistrados resuelven en sentido contrario, protegiendo los derechos consagrados en nuestra Carta Magna”.

Arroyo afirma que “el hecho de que el tribunal esté una y otra vez corrigiendo al INE, provoca reacciones en los consejeros en contra de los magistrados y ello a su vez enrarece el ambiente político y hasta puede restar certeza en los procesos electorales”.

Antonio Crespo, del Centro de Investigación y Docencia Económicas, apunta que algunas veces son los consejeros electorales —y no así los magistrados—, quienes aplican diferentes criterios al resolver asuntos semejantes y esta situación es, de hecho, la que provoca que el tribunal rectifique las resoluciones del INE.

El periodista Jorge Azar Osorno indica que el hecho de que el TEPJF haya vuelto a “enmendar la plana al INE” hace parecer que estamos en una “comedia de horrores, que no de errores”, y le “agrega un ingrediente muy picante a los procesos de este 2016”.

Para Jorge Fernández Menéndez, conductor de programas noticiosos y articulista, la confrontación que vemos entre INE y TEPJF es producto de que “los partidos han decidido judicializar los comicios y ese camino se ha hecho cada vez más amplio por las sucesivas y, en general, desafortunadas reformas electorales que han intentado regular tanto el proceso, que resulta casi imposible transitarlo sin ser sospechoso, por lo menos, de haber violado alguna norma”.

Luis Carlos Ugalde, director de la Consultoría Integralia, refiere que las divergencias en cuanto a interpretación de la norma electoral es “preocupante” toda vez que podría no generar confianza en los procesos electorales. Sin embargo, para él también el fondo del problema está en la sobrerregulación de las elecciones, ya que da origen a “más litigios” y en consecuencia a “más incertidumbre”.

Lo cierto es que con 13 procesos electorales locales en marcha, aún veremos una considerable cantidad de recursos de impugnación de las resoluciones del INE interpuestos por partidos y particulares ante el TEPJF, por lo que las diferencias entre consejeros y magistrados van para largo, indican los expertos.