Quiebras y te quedas

La mecánica hablaba de dos vías: acogerse directamente la empresa al procedimiento, o ser emplazada por sus acreedores

Alberto Barranco
Columnas
Fundición
Foto: Yongyut Rukkachatsuwan

Derramado el vaso por la gota que representó el caso de Altos Hornos de México, que se acogió a la Ley de Quiebras y Suspensión de Pagos cuando sus deudas alcanzaban el escándalo de dos mil 800 millones de dólares, el gobierno encendió los focos rojos sobre la justeza del ordenamiento.

La firma siderúrgica con sede en Monclova se mantuvo 18 años bajo la protección del marco jurídico, arrasando con acreedores bancarios, tenedores de papeles de deuda y proveedores.

En la fase previa se diseñó un instrumento que en el papel equilibraría el escenario: la Ley de Concursos Mercantiles, cuyo marco acotaba a un año el plazo para que la empresa en problemas llegara a un acuerdo con sus acreedores… o se le declarara en quiebra.

La mecánica hablaba de dos vías: acogerse directamente la empresa al procedimiento, o ser emplazada por sus acreedores en la búsqueda de recuperar de-lo-perdido-lo-que-aparezca.

El caso es que el ordenamiento que permitió la creación del Instituto de Concursos Mercantiles, de jueces especializados, de síndicos y especialistas en reestructura, está comenzando a hacer agua: Cementos Mexicanos acaba de colocar en la barandilla una demanda de inconstitucionalidad del ordenamiento, al considerar que el fallo del juez del concurso mercantil al que se acogió la desarrolladora de vivienda Urbi no empata con el principio de equidad.

La firma con sede en Monterrey reclamaba una deuda de 60 millones de pesos con cinco de las filiales de la firma, que con el convenio suscrito para salir del concurso mercantil se redujeron drásticamente.

La razón es que la ley permite ubicar como acreedores a las filiales de las compañías en problemas, lo que inclina hacia ellas el voto para aprobar un convenio.

Este llega cuando se tiene la aceptación de 60% de los acreedores.

Naturalmente, las filiales plantean “quitas”, es decir, reducción del débito, que en ocasiones llegan a 40, 50, 60 y hasta 80 por ciento.

Precedente

Y quizás usted pensaría que lo de Cemex es pecata minuta frente a la deuda de 36 mil 436 millones de pesos que reestructuró Urbi. Sin embargo, el precedente es lo importante.

El jaque apunta al artículo 157 de la Ley de Concurso Mercantiles en que se fijan las reglas para el voto de los acreedores.

El fenómeno se había repetido a la letra en el caso de Vitro, la principal fabricante de vidrio en el país, cuyas filiales “mayoritearon” el acuerdo final.

Más cerca, el caso se repitió en la reestructura de la desarrolladora de vivienda Homex.

Ahora Banamex tiene vivo un recurso jurídico al no aceptar el juez del concurso mercantil de Oceanografía integrar a la masa crítica de la quiebra los cinco mil millones de pesos en que calculó un supuesto fraude vía la entrega de facturas por cobrar falsas emitidas por Pemex para cinco créditos de factoraje.

El propio banco recibió un revés jurídico al intentar cobrar “a lo chino”, es decir, asumir las garantías dejadas en prenda por la matriz de Altos Hornos de México, el Grupo Acerero del Norte, en la fase previa a declararse en suspensión de pagos.

Y aunque la ley estipula un año para resolver la encrucijada, el juez del concurso mercantil de Mexicana de Aviación alargó cuatro años el procedimiento… que terminó en declaración de quiebra.

Grietas en lo que parecía la panacea.