¿Qué es la seguridad interior?

En el Congreso hay una severa confusión entre los ámbitos de responsabilidad-acción de la seguridad interior y la seguridad pública

Javier Oliva Posada
Columnas
Fuerzas Armadas, México
Foto: Notimex

Como consecuencia directa de sus palabras del pasado jueves 8, expresadas en el desayuno ofrecido a los reporteros que cubren las actividades de la Secretaría de la Defensa Nacional, su titular, el general Salvador Cienfuegos Zepeda, logró lo que parecía imposible: hacer que los legisladores despertaran de un largo e insensible letargo para darse a la tarea de, al menos, discutir la posibilidad de una Ley de Seguridad Interior.

Sin embargo, resulta decepcionante que tanto diputados como senadores estén comenzando por la ruta equivocada: la peligrosa intención de procurar medidas legales para que los integrantes de las Fuerzas Armadas cumplan con lo que es la obligación de otras instancias y ámbitos del Estado mexicano, como son garantizar la vigencia y respeto de las leyes, por una parte; y, por otra, la aplicación eficaz y oportuna de las sanciones que correspondan a la violación de aquellas. Peor aún, suponen que eso es parte integral y central de la seguridad interior.

En pocas palabras, no es posible legislar la participación de las Fuerzas Armadas en tareas de seguridad pública sin reconocer o aceptar explícitamente que las medidas aplicadas hasta ahora no han tenido consecuencia alguna en la construcción, sobre todo, de las corporaciones policiacas municipales y estatales.

Tanto en la Cámara de Diputados como en el Senado hay una severa confusión entre los ámbitos de responsabilidad-acción de la seguridad interior y la seguridad pública, así como respecto de a qué instituciones corresponde atender cada uno de esos ámbitos de la seguridad.

Comienzo

En el Programa para la Seguridad Nacional 2014-2018, por primera vez en un documento y publicado en el Diario Oficial de la Federación, se hace una aproximación al contenido y sentido de la seguridad interior. Es muy importante que los legisladores y sus asesores se tomen la molestia de consultarlo, para no partir de cero. Allí también se pueden leer precisiones conceptuales en torno de otras dimensiones de la seguridad, tales como la seguridad internacional, la regional, la nacional, la ciudadana o la seguridad humana.

En los estudios internacionales contemporáneos sobre las dimensiones de la seguridad —dejando por el momento a un lado la nutritiva polémica de los métodos para analizarla— destaca el hecho de que la confección de la agenda de seguridad interior es resultado de la combinación de las características geopolíticas, de las vocaciones económicas de los territorios, de la naturaleza socioantropológica y de las capacidades institucionales del Estado para lograr la aplicación y cumplimiento de la ley.

En esos términos, la seguridad interior es más una condición-ambiente que un objetivo en sí misma. Se trata de una variable vital que se hace notar cuando deja de funcionar.

Entonces, si la seguridad interior es una condición-ambiente, puede avanzarse en su estudio (y eventual legislación) a partir de la consideración de cada uno de los componentes de la misma y las características específicas del Estado en cuestión, mencionadas más arriba.

Diseccionando los cimientos que proporciona la paz, es como podremos responder a la crucial pregunta de Niklas Luhmann: “¿Cómo es posible el orden social?” (Herder, 2014). Por tanto, hay que comenzar por detectar aquello que altere de cualquier forma a la cotidianeidad, productividad y legitimidad de manera sistemática o recurrente, ya que de no atenderse afectará la condición-ambiente de la seguridad interior.