Morena vulneró el principio de equidad en elección de Edomex

Antonio Caporal
Nacional
TEEM
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En sesión pública del Pleno del Tribunal Electoral del Estado de México se resolvieron diversos procedimientos especiales sancionadores.

En uno de ellos, expone el Tribunal, “se acreditó la existencia de la infracción denunciada por el Partido Revolucionario Institucional, en contra del partido político Morena y de Delfina Gómez Álvarez, por la realización de actos anticipados de precampaña y campaña electoral”.

En la sentencia, añade, “se sostuvo que al ser designada Delfina Gómez Álvarez como promotora de la soberanía nacional del instituto político denunciado a través de un evento público el diez de julio de dos mil dieciséis, así como de la realización de eventos posteriores a dicha fecha, en treinta y cinco municipios de la entidad y la difusión de diversos espectaculares, se advirtió que con dicho actuar se originó un posicionamiento de Delfina Gómez Álvarez frente al electorado del Estado de México y como consecuencia, la vulneración al principio de equidad en la contienda, en perjuicio de los demás contendientes; por lo que se impuso a la ex candidata en cuestión una multa consistente en cinco mil veces el valor diario de la unidad de medida y actualización vigente; así como una multa de diez mil cien días al partido político Morena”.