Spot del PT constituye violencia contra las mujeres: TEPJF

Antonio Caporal
Nacional
TEPJF
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El Partido del Trabajo (PT), ordenó la difusión en radio y televisión, durante la etapa de intercampañas en el contexto de la elección federal como de todas las locales, la difusión de los promocionales titulados “PT APLANADORA RADIO” y “PT APLANADORA TV”.

Al respecto, la Sala Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), “juzgando con perspectiva de género, determinó que el promocional en televisión sí constituía uso indebido del tiempo asignado en dicho medio, al normalizar un estereotipo negativo basado en el género, es decir, una asimetría de poder que responde a una generalizada situación de subordinación entre hombres y mujeres”.

Además, apuntó que esta “representación estereotípica se insertaba en un contexto de riesgo de violencia física, particularmente grave, y no meramente simbólica mediante la depuración del modelo de comunicación política de todos aquellos mensajes que atenten –aún en grado de tentativa–, contra la idea de la igualdad entre todas las personas como un elemento estructural y necesario de las condiciones de vida democrática en la sociedad”.

De esa manera, calificó la conducta como “grave ordinaria y sancionó con una multa al Partido del Trabajo, además de ordenar el cese de la difusión del promocional”.