Senado aprueba reforma para combatir robo de hidrocarburos

Antonio Caporal
Nacional
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El Senado de la República aprobó una reforma integral fiscal y penal que fortalece y unifica los mecanismos de supervisión y control de toda la cadena de producción y comercialización de hidrocarburos y petrolíferos, así como, los supuestos y sanciones relativas a estas conductas ilícitas.

El presidente de la Comisión de Hacienda y Crédito Público, Manuel Cavazos Lerma, resaltó que la ley protege al consumidor porque se podrá verificar la venta de gasolinas completas conocidas como “litros de a litro” y se busca garantizar su calidad y evitar, así, que sean adulteradas y dañen los motores de los vehículos.

Las medidas fiscales que tendrá el Sistema de Administración Tributaria protegen el patrimonio hacendario, ya que evitará la evasión y elusión fiscal del Impuesto Sobre la Renta (ISR), del Impuesto al Valor Agregado (IVA), y el Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS), señaló.

Se trata de instrumentos para combatir la posesión, transporte, almacenamiento, distribución y comercialización ilícitos de hidrocarburos y petrolíferos, que lesiona y pone en peligro la vida e integridad de las personas, el patrimonio nacional, el medio ambiente y la economía.

El dictamen a la minuta enviada por la Cámara de Diputados, incluye la medición del producto recibido en los servicios que desarrollan los permisionarios de transporte, almacenamiento y distribución de hidrocarburos y petrolíferos, hasta su venta final.

Faculta al Sistema de Administración Tributaria (SAT) para que autorice la contratación de proveedores de equipos y programas que realicen los controles volumétricos, la verificación y funcionamiento de éstos y la emisión de dictámenes sobre la calidad de los hidrocarburos.

Se tipifica como agravante no contar con controles volumétricos, que no operen o funcionen de acuerdo a lo que señale el SAT, y cuando no cuenten con los dictámenes de calidad de los hidrocarburos, y la multa por el incumplimiento será de 1 a 3 millones de pesos.

Se establece como delito la evasión de obligaciones fiscales en la materia, aquellas que no mantienen los controles volumétricos, o si no se cuenta con ellos, además de carecer, alterar, inutilizar o destruir los equipos y programas informáticos que se utilizarán para la medición.

Será considerado delito: realizar, permitir o entregar a la autoridad, registros falsos, incompletos o inexactos en los controles volumétricos. La sanción será de 3 a 8 años de prisión, debido a que se trata de una de las áreas estratégicas del Estado.

Los controles volumétricos se fortalecen para evitar el robo y contrabando de combustibles y hacer más eficiente la cadena de logística de operaciones de comercio exterior en materia energética.

En la Ley Aduanera, se prevé un plazo máximo de 15 días para el almacenaje de combustible en el depósito ante la aduana, a fin de proteger la continuidad, calidad, seguridad, eficiencia y garantía de suministros de dichas mercancías.

Se faculta a la Comisión Reguladora de Energía para imponer medias de prevención, como la suspensión temporal, total o parcial, inhabilitar, inmovilizar equipos, instalaciones, vehículos o sistemas, cuando exista advertencia de actividades ilícitas reguladas sin permiso o no se acredite la adquisición licita de hidrocarburos, petrolíferos y petroquímicos.