Retiran spot de Morena por presunto uso indebido de la pauta

Antonio Caporal
Nacional
TEPJF
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El Pleno de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), confirmó en sesión privada, el acuerdo emitido por la Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE), con el que se declararon procedentes las medidas cautelares y se ordenó el retiro del promocional de televisión denominado ‘Claudia emotivo’, por el presunto uso indebido de la pauta atribuible al partido Morena.

Los magistrados coincidieron con el análisis realizado por la comisión señalando que “la inclusión en los promocionales que tengan una intención clara de posicionar a un candidato postulado para una elección diversa a aquella a la que se asignaron los tiempos utilizados, constituye el uso indebido de la pauta. Esto de conformidad con la jurisprudencia 33/2016, rubro: Radio y Televisión. Los tiempos de los Partidos Políticos deben destinarse exclusivamente a las elecciones a que fueron asignados”.

Al resolver el SUP-REP-144/2018, el TEPJF determinó que “la sola inclusión de la imagen de Andrés Manuel López Obrador en el spot, constituye una promoción de su persona, en tiempos que deben destinarse para difundir propaganda relacionada con elecciones locales”.

Al respecto, la Sala Superior señaló que “los spots de los partidos políticos sólo deben relacionarse con las elecciones a las que pertenece el tipo de pauta en que se ordenó su difusión. Por lo que, como en el caso particular es posible visualizar la imagen de un candidato a un cargo federal, ello es suficiente para identificarlo y lograr su posicionamiento en tiempos que no le corresponden”.