LA ERA DE LAS CONSULTAS POPULARES

Hay decisiones que deben asumirse ya que son consustanciales a la representación política.

Antonio Caporal
Consultas
Cuartoscuro

En el Congreso de la Unión ya se han presentado varias iniciativas que buscan reformar la fracción VIII del artículo 35 de la Constitución en lo relativo al tema de las consultas populares, derecho elevado a rango constitucional apenas en agosto de 2012.

Morena, PT y PES impulsan ahora ampliar los derechos de la llamada democracia participativa con el objetivo de que varias de las decisiones sobre el quehacer público se sometan a consulta, referéndum o plebiscito.

A su vez, PRI y PAN buscan limitar los asuntos que el gobierno federal pretenda someter a consulta, por ejemplo aquellos que tengan que ver con la realización de obras públicas de infraestructura.

Toda vez que Morena y sus aliados son mayoría en las cámaras de Senadores y de Diputados parece un hecho que iniciará en el país una etapa de consultas sobre las decisiones que deba tomar el Ejecutivo federal, cuyo futuro titular ya expresó: “Váyanse acostumbrando”.

Y quizás estas se lleven a cabo cada año, como plantean legisladores morenistas.

¿Qué dice la ley?

En agosto de 2012 el Diario Oficial de la Federación publicó el decreto mediante el cual se adicionó la fracción VIII al artículo 35 constitucional con el fin de incorporar a la Carta Magna la figura jurídica de las consultas ciudadanas.

De esta manera se estableció en la nueva fracción que “son derechos del ciudadano votar en las consultas populares sobre temas de trascendencia nacional”, mismas que se sujetarán a lo siguiente:

Serán convocadas, dice el numeral 1, por el Congreso de la Unión a petición de a) El presidente de la República; b) El equivalente a 33% de los integrantes de cualquiera de las cámaras del Congreso de la Unión; o c) Los ciudadanos, en un número equivalente al menos a 2% de los inscritos en la Lista Nominal de electores, en los términos que determine la ley.

Señala que con excepción de la hipótesis prevista en el referido inciso C la petición deberá aprobarla una mayoría de cada cámara del Congreso de la Unión.

Asimismo el numeral 2 establece que cuando la participación total corresponda a por lo menos 40% de los ciudadanos inscritos en la Lista Nominal de electores el resultado será vinculatorio para los poderes Ejecutivo y Legislativo federales y para las autoridades competentes.

El numeral 3 precisa que no podrán ser objeto de consulta popular la restricción de los derechos humanos reconocidos por la Constitución, los principios consagrados en el artículo 40 de la misma, la materia electoral, los ingresos y gastos del Estado, la seguridad nacional y la organización, funcionamiento y disciplina de la Fuerza Armada permanente.

Además refiere que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolverá, previo a la convocatoria que realice el Congreso de la Unión, sobre la constitucionalidad de la materia de la consulta.

En cuanto al numeral 4 este indica que el Instituto Nacional Electoral (INE) tendrá a su cargo, en forma directa, la verificación del requisito establecido en el inciso C del numeral 1, así como la organización, desarrollo, cómputo y declaración de resultados.

El numeral 5 señala que la consulta popular se realizará el mismo día de la jornada electoral federal y el 6 aclara que las resoluciones del INE podrán impugnarse.

Fue hasta marzo de 2014 cuando se publicó la Ley Federal de Consulta Popular que regulaba la aplicación de dicha figura jurídica, por lo que PRI, PAN, PRD y dirigentes de Morena (que recién había obtenido su registro como partido político nacional y aún no contaba con legisladores) hicieron una serie de propuestas para que se consultara a los votantes en los comicios federales de 2015. Ninguna de ellas fue avalada por la SCJN.

Prisas legislativas

En este 2018, apenas transcurridas las primeras sesiones en la Cámara de Diputados, la legisladora de Morena Dolores Padierna presentó una iniciativa de reforma a la fracción VIII del artículo 35.

A juicio de la legisladora morenista el ejercicio del derecho a las consultas populares “ha sido problemático en la etapa de revisión de la constitucionalidad de la materia de la consulta por parte de la SCJN”.

Recordó que “en las cuatro revisiones de la constitucionalidad de consulta popular convocada por el Congreso de la Unión, realizadas por la SCJN en 2014, se resolvió negando la posibilidad de que procedieran”.

Concretamente la diputada de Morena reprochó que los ministros hayan resuelto que los ciudadanos no puedan ser consultados, por ejemplo, sobre la implementación de cualquier política pública que implique “un gasto del Estado”, como se establece en el numeral 3 de la fracción VIII del artículo 35 constitucional.

Por lo anterior, ella propuso reformar el referido numeral 3 para sustituir el concepto “los ingresos y gastos del Estado” por el de “la imposición de contribuciones”. De esta manera podrían someterse a consulta la realización de obras públicas que, obviamente, impliquen un “gasto del Estado”. Por ejemplo, la construcción del Nuevo Aeropuerto Internacional de México.

La iniciativa de la diputada Padierna no ha sido dictaminada.

Asimismo en el Senado, Mónica Fernández, de Morena, planteó adiciones a las fracciones IX y X del artículo 35.

Ella propuso “establecer las figuras de plebiscito y referéndum para que los ciudadanos opinen y participen de manera directa sobre la política oficial del gobierno federal y en la aprobación de textos legales o constitucionales por parte del Congreso de la Unión”.

Fundamentó su propuesta al decir que “desde hace varios años la mayoría de ordenamientos jurídicos occidentales establecen la regulación y práctica de la democracia participativa, como en el caso de Reino Unido, Francia y Finlandia, que adoptaron este modelo como una nueva forma de gobernar, corrigiendo y mejorando constantemente su marco jurídico”.

Recordó que “diversos instrumentos jurídicos internacionales de los que México forma parte reconocen el derecho de los ciudadanos a participar en las decisiones públicas de sus naciones”.

Explicó que “el referéndum es un procedimiento jurídico para consultar a la ciudadanía sobre la abrogación o derogación de disposiciones legales y constitucionales, así como de decretos, reglamentos, acuerdos y disposiciones de carácter general expedidos por el Poder Legislativo; y el plebiscito es un instrumento de consulta directa sobre algún asunto de excepcional importancia en la vida colectiva que, por comprometer el destino nacional, requiera el expreso consentimiento de los ciudadanos”.

Precisó que “la diferencia primordial entre ambas figuras es que el referéndum es una consulta que versa sobre la aprobación de textos legales o constitucionales en ambas Cámaras del Congreso de la Unión y el plebiscito es una consulta para pronunciarse sobre la política oficial del Poder Ejecutivo federal”.

La iniciativa se encuentra en estudio para definir si se dictamina.

Sobre el tema de las consultas el coordinador de los diputados de Morena, Mario Delgado, afirmó que “a partir del siguiente gobierno las principales obras deberán tener el respaldo de la ciudadanía”.

En este sentido aseveró que en este mes de noviembre se dictaminará una iniciativa de reforma al artículo 35 en materia de consulta popular y revocación de mandato, que Morena presentó el 27 de septiembre: “¿Cuál es la idea? Que pueda haber consultas populares cada año, el primer domingo de julio. Así, si hay un asunto relevante que tenga que ser consultado ya habrá la posibilidad de que año con año se pueda realizar este ejercicio apegado a la ley, con las reglas que marque la ley en esta materia”.

Añadió: “La única restricción sobre estas consultas es sobre los impuestos: obviamente si se somete a consulta un impuesto pues nos vamos a quedar sin tributo”.

Ricardo Monreal, coordinador de Morena en el Senado, aseguró a su vez que uno de los temas prioritarios en el actual periodo de sesiones es el de democracia participativa e instrumentos de participación ciudadana.

Cuestionamientos

Con grupos parlamentarios modestos en ambas cámaras —apenas 14 de 128 senadores y 47 de 300 diputados—, el PRI en el Senado presentó una iniciativa de reforma al artículo 35 de la Constitución “a fin de establecer que no podrán ser objeto de consulta popular los proyectos de obras de infraestructura pública de carácter federal”.

Al argumentar la propuesta la senadora Claudia Ruiz Massieu recordó que en 2012 se legisló la figura de consulta a la ciudadanía, con lo que se fortaleció a la democracia al involucrar a la sociedad en la toma de decisiones legislativas y de gobierno.

Agregó que “para evitar que ese avance se use indebidamente contra garantías de la propia población, en el artículo 35, fracción VIII, numeral 3, se especificó que no podrán ser objeto de consulta popular la restricción de los derechos humanos; principios consagrados en el artículo 40 de la Constitución; la materia electoral; ingresos y gastos del Estado; la seguridad nacional; organización, funcionamiento y disciplina de la Fuerza Armada permanente”.

Y precisamente, dijo, “es en esa fracción donde se plantea incluir las obras de infraestructura pública de carácter federal a fin de evitar riesgos de que se cancele un proyecto fundamental para el desarrollo nacional”.

Por otro lado Luis Carlos Ugalde, director de la Consultoría Integralia, consideró que “la democracia participativa puede ser un método de educación cívica y participación política benéfica para el país. Pero bajo reglas claras, con la organización adecuada, con suficiente transparencia de la organización”.

El ex presidente del Instituto Federal Electoral también aseguró que con ciertas consultas se debe tener cuidado de que no se conviertan en “una oportunidad para construir una democracia de vetos o de privilegios: que decida una minoría que, por interés de grupo o regional, acabe imponiendo su deseo e interés al resto de la población apática”.

Damián Zepeda, coordinador del PAN en el Senado, refirió en tanto que los legisladores de su partido seguirán “impulsando en el Congreso iniciativas para regular y dar certeza a los mecanismos de democracia participativa”.

Agregó: “No nos quedaremos con los brazos cruzados: utilizaremos las facultades que la ley da al Poder Legislativo y no permitiremos que las ocurrencias se vuelvan práctica común para comprometer decisiones trascendentes para México”.

Gustavo de Hoyos, presidente de la Confederación Patronal de la República Mexicana, expresó por separado sus dudas sobre el hecho de que ciertos asuntos sean sometidos a consulta: “La responsabilidad y la decisión es irrenunciable para un jefe de gobierno. Hay decisiones que debe asumir ya que son consustanciales a la representación política”.

Y Arturo Espinosa Silis, director de la Consultoría Strategia Electoral, señaló por su parte que a su juicio “abusar de instrumentos como la consulta ciudadana implica eludir la responsabilidad que los electores otorgaron a una persona por medio del voto para gobernar”.

Sin consultarse

En octubre de 2014 la SCJN declaró “inconstitucionales” las propuestas que habían formulado diversos partidos para que se sometieran a consulta en los comicios federales de 2015.

Los ministros resolvieron que todas ellas eran contrarias al numeral 3 de la fracción VIII del artículo 35 de la Constitución.

Estas fueron:

1. La propuesta del PRI de preguntar: “Está de acuerdo o no en que se eliminen 100 de los 200 diputados federales plurinominales y las 32 senadurías plurinominales”.

2. La propuesta del PAN en el sentido de preguntar: “Está de acuerdo o no en que la Comisión Nacional de Salarios Mínimos fije un nuevo salario mínimo”.

3. La propuesta del PRD y de Morena de preguntar: “Está de acuerdo o no en que se otorguen contratos o concesiones a particulares, nacionales o extranjeros, para la explotación del petróleo, el gas, la refinación, la petroquímica y la industria eléctrica”.

Las consultas de AMLO

1. Candidatura para jefe de Gobierno En 2000 los partidos opositores impugnaron su registro. El PRD lo respaldó haciendo una consulta para que la gente decidiera si el tabasqueño cumplía los requisitos.

Resultado: 96% votó a favor de la candidatura.

2. Regulación de marchas Ya como jefe de Gobierno preguntó a los habitantes del entonces DF si estaban de acuerdo con su política sobre marchas y bloqueos.

Resultado: 86% aprobaron las propuestas de AMLO.

3. Horario de verano El jefe de Gobierno se opuso al cambio de horario y se preguntó a la gente si querían que en el DF se aplicara el cambio.

Resultado: 89% votó en contra del cambio de horario.

4. Boleto del MetroAMLO preguntó si era viable o no subir el costo del Metro de 1.50 pesos a 2 pesos.

Resultado: 59% votó a favor del incremento.

5. Segundos pisos Se realizó un plebiscito para preguntar a la gente si estaba de acuerdo con la construcción del segundo piso del Periférico.

Resultado: 65% votaron a favor.