USO PROPORCIONAL DE LA FUERZA

Óptimo adiestramiento para no actuar contra la población civil.

Javier Oliva Posada
Columnas
Foto: Especial
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La ley correspondiente al uso proporcional de la fuerza por parte de los cuerpos de seguridad se aprobó en el mes de mayo, poco antes del pase de revista de la Guardia Nacional el 30 de junio pasado, y es un recurso jurídico cuyos antecedentes normativos se remontan al sexenio de Felipe Calderón.

Asimismo, de acuerdo con la legislación y acuerdos internacionales firmados por nuestro país, las corporaciones de seguridad y en particular cuando se trata de Fuerzas Armadas que actúan dentro de su mismo territorio, deben observar ciertos protocolos en el momento de actuar en apoyo a la población y principalmente en lo que hace a las tareas de apoyo a la seguridad pública.

Como hemos venido observando en los recientes días hay una intensa polémica respecto de cómo debieran responder los integrantes de las Fuerzas Armadas que se ven rodeados por violentos grupos azuzados por organizaciones criminales, con la obvia finalidad de limitar al máximo las tareas de apoyo a esa misma población para recuperar la paz y la tranquilidad.

Durante al menos tres sexenios el Ejército, la Armada y la Fuerza Aérea de México han encarado a bandas delictivas que cuentan con potente armamento para enfrentarles.

Los notables cambios en la forma de operar del crimen organizado y común, su dispersión por el territorio nacional, así como la ampliación de sus campos delictivos propicia, a su vez, que la respuesta del Estado mexicano deba adelantarse para inhibir sus actividades, al tiempo que con la presencia de personal militar y ahora de la Guardia Nacional intente disuadir la comisión de acciones violentas.

De ninguna forma los militares mexicanos pueden aceptar una instrucción de “dejarse maltratar”, ni esta existe. Lo que sucede es mucho más profundo y estructural.

Condiciones

Como se ha visto en videograbaciones, primero de forma cobarde y estudiada los criminales colocan por delante a mujeres, niños y ancianos. Después vienen el vocerío, los insultos, los empujones: la provocación en pleno, pues. Y los soldados y marinos, con armas propias de la guerra —no olvidar que su profesión es para participar en ella—, no pueden responder ya que de hacerlo sería con fuerza letal. Al no contar con instrumentos propios de fuerza proporcional ellos deben guardar la disciplina y el control para evitar un muy grave problema para el país. Justo lo que habría que reconocerles es la fortaleza de la doctrina y el óptimo adiestramiento para no actuar contra la población civil —agresiva y coludida con el crimen, pero población civil al fin y al cabo.

Hoy la Constitución en el artículo 5 transitorio de la ley que crea a la Guardia Nacional prevé para los cinco siguientes años la posibilidad de la actuación de las Fuerzas Armadas en labores de seguridad pública, con lo que se da un paso muy importante para proporcionar —además del esperado marco jurídico para actuar— el equipo, la capacitación y la doctrina necesarios para mejor apoyar a la ciudadanía de bien y a las autoridades civiles en la recuperación de la tranquilidad y la plena vigencia del Estado de Derecho. Más aún: ya existen las condiciones jurídicas para actuar en la atención de delitos de fuero común para la nueva corporación de seguridad que es la Guardia Nacional.

Desde luego que pasarán algunas semanas para que el personal militar desplegado por todo el país en apoyo a la población contra las expresiones delincuenciales actúe con los nuevos recursos materiales: toletes, máscaras antigás, gogles y cascos, entre otros pertrechos. Pero también veremos cómo estos grupos violentos pensarán más de una vez actuar como lo vienen (¿venían?) haciendo.