FGR: el nuevo rostro de la investigación criminal

Institución que sepulta a la PGR surgida hace 44 años

Norberto Vázquez
Política
FGR
Foto: Cuarto Oscuro.

Ciudad de México, 2 de enero. Luego de un largo proceso deliberativo de cuatro años entre la sociedad, expertos y legisladores se concretó la creación de la Fiscalía General de la República (FGR) cuyo origen se produce por la reforma al artículo 102 Constitucional, estableciendo con ello la reconfiguración del Ministerio Público Federal y creando la figura del Fiscal General de la República con lo que la Procuraduría General de la República (PGR) terminó sus días en medio de severos cuestionamientos por las acciones y omisiones relacionadas con decenas de casos desde su creación el 30 de diciembre de 1974.

Para diversos expertos, se espera que el funcionamiento de la FGR se sustente en un nuevo modelo especifico de investigación por un lado, y la defensa de las querellas ante jueces y magistrados por otro y se aleje de ser utilizada como institución de golpeteo político, para que se sujete a las directrices de la nueva Ley Orgánica de la Fiscalía General de la República con la que se deberá observar plenamente los derechos del imputado y de las víctimas en el marco de un proceso penal transparente que verifique totalmente los casos conforme a indagatorias precisas.

El pasado martes 18 de diciembre, el presidente de la Mesa Directiva del Senado de la República, Martí Batres, declaró la autonomía constitucional de la FGR siendo este el último paso legislativo para dar por extinta a la PGR: con esta declaratoria se secundó a la Cámara de Diputados que un día antes avaló la autonomía del naciente organismo, días después de que en el Diario Oficial de la Federación se publicara la Ley Orgánica de la Fiscalía.

Con una proyección de recursos planteados en el Presupuesto de Egresos de la Federación de cuatro mil 358 millones de pesos para este proceso de renovación, comienza la ruta para elegir al primer titular de la Fiscalía y se espera que el Senado defina una lista de diez candidatos para el cargo que deberá ser enviada al Presidente de la República para que elija una terna de tres, que posteriormente será votado y ratificado por las dos terceras partes de la cámara alta.

Estos especialistas, ven con beneplácito que en la nueva estructura jurídica el Fiscal General represente a la sociedad en vez de ser “el abogado general de la nación” como se describía antes en la PGR por lo que el Ministerio Público contará con facultades muy específicas de investigación y persecución de delitos con personal debidamente capacitado y profesional.

Medidas

En la Ley Orgánica de la Fiscalía General de la República aprobada y presentada por los senadores Ricardo Monreal, Olga Sánchez (ahora secretaria de Gobernación) y Julio Menchaca, se describen los argumentos del contenido legislativo de la nueva FGR.

Sobre los inéditos procedimientos de indagación con que se enriquece a la institución, se describe. “Es necesaria para el cumplimiento del deber estatal de investigar y sancionar los delitos y las violaciones a derechos humanos respetando los derechos y garantías procesales de la persona imputada en el proceso penal, enfatizando su derecho a la presunción de inocencia”, se expone.

Exhibe la importancia de su independencia del Poder Ejecutivo. “Una Fiscalía autónoma podrá hacer frente a los intentos de influenciar sus decisiones acerca del curso de una investigación o el ejercicio de la acción penal, y no cederá a la pretensión de utilizar el poder punitivo del Estado para reprimir la protesta social legítima, o para desalentar los reclamos de minorías o grupos en situación de vulnerabilidad”, dice el documento.

Y se hace una crítica al concluyente modelo de investigación. “Anteriormente el modelo de investigación en México se caracterizaba por un agente del MP muy activo en la conducción de las pesquisas, los agentes del MP eran responsables de identificar líneas de investigación e instruir a las policías para que recabaran evidencia que diera sustento a las líneas planteadas”, expone.

Con esto, dice, “el modelo tradicional era criticado en el ámbito de la transición hacia el sistema acusatorio, pues los agentes del MP deberían ser abogados mucho más concentrados en la construcción jurídica de las acusaciones y su defensa que en el planteamiento y seguimiento (en las investigaciones)”, se expone.

Con la finalidad de resarcir esta contradicción, se crea para la FGR laCoordinación de Métodos de Investigación que tendrá diversas facultades, entre ellas, “analizar de forma estratégica los datos agregados del fenómeno criminal, la realización de estudios criminógenos y geodelictivos, así como la información de contexto que se considere relevante para coadyuvar en la investigación”, se explica.

También esta instancia, “efectuará reportes estratégicos sobre criminalidad regional y nacional, identificación de patrones, estructuras y organizaciones, así como cualquier otro que se considere necesario para la investigación de los casos”.

Y un tópico central: “Servirá de apoyo para el análisis técnico científico de los actos de investigación y datos de prueba, a solicitud de los fiscales para el desarrollo de sus investigaciones; además de apoyar la verificación y control de las pruebas periciales y exámenes forenses practicados a solicitud de las autoridades competentes”.

Tendrá sobre su jurisdicción, “realizar los actos de investigación conforme a la Constitución y demás leyes aplicables y será la encargada de evaluar riesgos y proteger, a personas ofendidas, víctimas, testigos y demás sujetos procesales en los casos que existan amenazas o riesgos a su integridad o vida y coordinar y colaborar con entidades gubernamentales y no gubernamentales, nacionales e internacionales para la implementación de los esquemas de seguridad de víctimas, testigos y demás sujetos procesales”, explica la ley

Fortalezas

Antonio Fernández, experto en temas de procuración de justicia dice que “la ley ha sido duramente criticada por los partidos opositores al gobierno, en virtud de que al igual que el Procurador el Fiscal queda limitado en su autonomía e independencia, ya que el Presidente y su partido, Morena, pueden nombrar al Fiscal, quedando supeditada su actuación al interés de sus promotores”, describe.

Y explica: “Otro de los problemas que se puede presentar en la nueva Fiscalía, es el hecho que herede toda la estructura que tiene hoy la PGR con todos sus vicios y disfunciones, de tal manera que será imposible que pueda funcionar en la forma prevista por la nueva Ley, misma que señala, en su artículo tercero, que sus principios rectores son la autonomía, legalidad, objetividad, eficiencia, profesionalismo, honradez, respeto a los derechos humanos, perspectiva de género, debida diligencia e imparcialidad, todas éstas características que la PGR no ha tenido hasta ahora y que por lo tanto muy difícilmente las podrá tener la nueva Fiscalía por la forma en que se construye”, narra Fernández.

El diputado de Morena, Luis Fernando Salazar expone que “con la aprobación de la Fiscalía General de la República se pone fin a una PGR pesada y cara por lo que la Ley de la Fiscalía General no contempla cambios constitucionales para limitar la influencia del Ejecutivo en la designación y remoción del titular del Fiscal General”, asegura.

La diputada del mismo partido, Dolores Padierna señala que los requisitos para ser nombrado fiscal general están marcados en la Constitución Política y por eso la nueva ley no se pueden agregar más. “El artículo 16 de la Ley Orgánica de la Fiscalía General de la República establece los requisitos para ser titular de la Fiscalía General y el Senado de la República tendrá la última palabra en la designación del mismo”, agrega.

Afirma que esto se inscribe en la lógica del rediseño de una nueva estrategia de seguridad a nivel nacional. “Las instancias encargadas de estos temas deberán contar con planes y programas claros y verificables para combatir la delincuencia, así como con programas de prevención del delito, además de que tendrán que transparentar toda su actuación y sus resultados”, afirma.

La legisladora priista Mariana Rodríguez Mier, advirtió que la minuta “no cumple con la promesa de una fiscalía autónoma y de un ejercicio de parlamento abierto en donde se escucharía a la sociedad”, determina.

Agrega que en el marco la ley tendrá un proceso garantista que incorpore y visibilice la justicia, la búsqueda de la verdad, la garantía de no repetición y la reparación del daño. “El diseño institucional de la nueva Fiscalía incorpora mecanismos diferentes para la rendición de cuentas, a través de los cuales se promueve la transparencia, la eficiencia, la integridad y se combata a la corrupción”, explica.

De esta manera, para los especialistas la separación de funciones entre la investigación y el litigio en la nueva FGR conseguiría tener efectos positivos sobre la calidad de las acusaciones y su defensa por lo que se podría volver una mejoría para identificar responsables y hacer eficientes los casos que desarrolle la institución. Por lo pronto, su diseño está en marcha.

Estructura de la Fiscalía General de la República

Fiscal General

Fiscal de Derechos Humanos, Fiscal de Delitos Electorales, Fiscal de Combate a la Corrupción; Fiscal de Asuntos Internos.

Fiscales Especiales.

Coordinador de investigación y persecución penal.

Fiscales asignados a la Coordinación General en el ámbito de su competencia, sustantiva.

Fiscales nombrados de acuerdo con el Servicio Profesional de Carrera establecida en la Ley y su Reglamento.

Fuente Ley Orgánica de la Fiscalía General de la República

Funciones de la Fiscalía General de la República

Investigar y perseguir los delitos.

Ejercer la acción penal.

Procurar la reparación del daño de las víctimas.

Adoptar y, en su caso, promover la adopción de medidas de protección a favor de las víctimas.

Coadyuvar con testigos u otros sujetos procesales.

Intervenir en el proceso de ejecución penal.

Injerir en las acciones de extradición activa y pasiva.

Intervenir en las acciones constitucionales.

Fuente Ley Orgánica de la Fiscalía General de la República