YA SABES QUIÉN

“Si tenemos una ley que no puede aplicarse deberíamos descartarla después de la elección”.

Sergio Sarmiento
Columnas
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No sorprende. La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó este 26 de mayo que el presidente López Obrador violó la Constitución en su último informe, del 30 de marzo, el llamado Primeros 100 días del tercer año de gobierno.

“Con la realización del evento —indica la sentencia— sí se acreditaron las infracciones constitucionales de difusión de propaganda gubernamental personalizada prevista por el artículo 134, párrafo octavo, de la Constitución, y de difusión de propaganda gubernamental durante campañas prevista por el artículo 41, base tercera, apartado C, segundo párrafo de la carta constitucional”.

El artículo 134 señala que la propaganda gubernamental deberá ser institucional y “en ningún caso (…) incluirá nombres, imágenes, voces o símbolos que impliquen promoción personalizada de ningún servidor público”. El 41 advierte que “durante el tiempo que comprendan las campañas electorales (…) deberá suspenderse la difusión en los medios de comunicación social de toda propaganda gubernamental (…) Las únicas excepciones a lo anterior serán las campañas de información de las autoridades electorales, las relativas a servicios educativos y de salud o las necesarias para la protección civil en casos de emergencia”.

Dichas restricciones no deberían aplicarse solamente a este enésimo informe de gobierno sino a todas las conferencias de prensa del presidente, las cuales se han convertido en una de las armas electorales más importantes del primer mandatario y de sus partidos políticos, los cuales hacen campaña colgándose de la popularidad de “ya sabes quién”. Las consecuencias de una prohibición pueden ser muy importantes para un presidente que gobierna desde las mañaneras.

Libertad

No es claro, sin embargo, qué podrá hacer el Tribunal Electoral si el presidente sigue ofreciendo sus conferencias de prensa y promoviéndose él y sus programas de gobierno. En las elecciones de 2006 el TEPJF consideró que el entonces mandatario Vicente Fox violó los principios de equidad al cuestionar a López Obrador, en ese entonces candidato del PRD. Lo expresó el entonces presidente del tribunal, Leonel Castillo: “Algunos actores (…) pusieron en riesgo el bien de todos, que es el producto de una elección democrática”. Para cerrar la puerta a ese tipo de intervenciones los legisladores de López Obrador exigieron y obtuvieron que la reforma electoral de 2007 incluyera estas restricciones al presidente y a los gobernadores. El problema es que hoy López Obrador está en la Presidencia y la camisa de fuerza se le aplica a él.

En varias ocasiones el primer mandatario ha dicho que a él no lo van a callar. Y no está claro lo que pueda hacer el Tribunal Electoral si el presidente se niega a callarse. Sería absurdo anular las elecciones porque tenemos un gobernante que rechaza ser censurado. En 2006 a Fox solo se le hizo una amonestación pública.

Pero si tenemos una ley que no puede aplicarse deberíamos descartarla después de la elección. No puede prohibirse a los políticos que hagan política. Es parte de la naturaleza de los gobernantes presumir sus logros y cuestionar a sus rivales. Los electores, por otra parte, tienen derecho a conocer información sobre el desempeño del gobierno. Esto se hace en todo el mundo. México no puede pretender tener campañas políticas sin libertad de expresión.