VACUNAS CONTRA EL COVID PARA NIÑOS CON COMORBILIDADES

“Obligación del Estado en la protección y garantía del derecho a la salud”.

Tomás Caparroso
Columnas
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La vacunación en México se destinó principalmente para adultos mayores: comenzó con las personas de la tercera edad y se dejó hasta el último momento a los niños, en primer lugar porque las vacunas dirigidas a este sector no han sido totalmente probadas y, en segundo, porque estudios científicos llegaron a determinar que son más inmunes al virus.

Sea este lineamiento o no verdad, dentro de este sector de adolescentes de doce a 17 años, y con el regreso a clases presenciales, se busca a través de los diversos mecanismos jurídicos de protección que el gobierno les garantice la vacuna también.

El claro ejemplo fue el caso del 7 de octubre en que la jueza Séptima de Distrito en el Estado de México, Claudia Irene Gámez Galindo, concedió una suspensión definitiva en un juicio de amparo a una adolescente de 15 años para que se le vacune.

Con base en el argumento central sobre la obligación del Estado en la protección y garantía del derecho a la salud se sustentó el dicho, además de comprobar un alto riesgo de contagio por presentar una condición particular y que, de contagiarse, resultaría en mayores complicaciones, incluso la muerte.

Esta determinación no solo se aplicaría a la quejosa sino a todos los menores de doce a 17 años que presenten alguna comorbilidad.

Enfermedades

De acuerdo con la Guía Estratégica de Vacunación contra el Covid-19 se pretende ampliar a los grupos de riesgo a desarrollar mayores complicaciones, entre estos los menores de doce a 17 años con alguna comorbilidad.

Asimismo, se determinaron con base en los lineamientos publicados por la Secretaría de Salud las enfermedades que entran en esta lista: las condiciones cardiacas crónicas; la enfermedad pulmonar crónica; las afecciones crónicas del riñón, hígado o sistema digestivo; enfermedad neurológica crónica; enfermedades endocrinas; enfermedades neurológicas crónicas; inmunosupresión moderada a grave; enfermedades hematológicas; anomalías genéticas graves y embarazo adolescente.

En este tenor, y al ampliarse el grado de protección, se advierte que de acuerdo a la Política Nacional de Vacunación contra SARS-CoV-2 es importante no excluir a los menores de edad, toda vez que si bien el regreso a clases presenciales es voluntario no hay parámetros para justificar que no se les vacune.

Finalmente, es importante recordar que las vacunas se aplican como medidas preventivas para controlar la pandemia y esto da como resultado menores decesos y un más bajo impacto en los sectores de salud, educativo, económico y social, principalmente.