MINIMANUAL DE ESCRITURA (7)

“Los derechos de autor son de dos tipos”.

Mónica Soto Icaza
Columnas
DERECHOS DE AUTOR

Hablemos de derechos de autor. Sí, ya sé que tú quieres escribir y lo que más odias en este mundo son los trámites burocráticos, pero estoy segura de que más odiarías ver tu magnífica obra plagiada por algún creativo flojo con ánimo de arruinarle la vida al prójimo, sobre todo en estos tiempos de derroche de textos, imágenes y sonidos en las redes sociales.

El autor es el creador de una obra artística, que va desde un cuento o una novela, hasta una película, un programa de radio, una historieta o un programa de cómputo, entre muchos otros. La obra es la creación original que puede reproducirse en gran diversidad de soportes, medios y tecnologías. La propiedad intelectual es la creación original que surge de la imaginación y la creatividad del autor. El plagio es un delito contra la propiedad intelectual, que se comete al copiar la obra ajena y presentarla como si fuera propia. En México se castiga con prisión.

La institución que protege el derecho de autor en México es el Instituto Nacional del Derecho de Autor (Indautor). Existen el trámite presencial y el trámite en línea mediante la plataforma Indarelín, para el que se requiere la firma electrónica vigente del Servicio de Administración Tributaria (SAT) y es una manera muy eficaz de obtener el registro de la manera más práctica.

Los derechos de autor son de dos tipos: el derecho moral surge de la creación; es tuyo y lo será siempre. No se puede ceder, regalar, vender, no te lo pueden quitar y no puedes renunciar a él. El Indautor lo protege desde que decides publicar la obra.

El derecho patrimonial es el de explotación comercial de la obra. Como autor puedes explotar tu obra y también puedes autorizar a terceros para que lo hagan, o prohibirlo; todo dentro de los límites de la Ley Federal del Derecho de Autor. Los derechos patrimoniales se transfieren por escrito, no pueden donarse a título gratuito, deben tener una contraprestación, ya sea en dinero o en especie. Cuando firmas un contrato con una editorial, este es el derecho que transfieres. La vigencia de esta protección es de 100 años después de tu muerte, por lo que puedes heredarlos; al transcurrir el siglo tu obra pasa a ser del dominio público.

Recomendaciones

En la página de internet www.indautor.gob.mx se encuentran domicilio, horarios, formatos de solicitud de registro y pagos y mucha más información sobre este tema tan importante y que debería ser una constante dentro del ámbito creativo.

Algunas recomendaciones importantes referentes al derecho de autor al momento de firmar un contrato son las siguientes.

1. No cedas tus derechos patrimoniales si eres tú quien va a invertir en la impresión del libro, a menos que recibas un pago o hagas un intercambio.

2. Si vas a transferir tus derechos patrimoniales fíjate durante cuánto tiempo. Algunas editoriales los reservan dos, cinco o siete años; otras por más tiempo y normalmente son ellas quienes fijan la vigencia. Al negociar tu contrato, toma en cuenta que a mayores beneficios (en promoción, difusión, distribución, presentaciones, regalías, etcétera), mayor tiempo. Si tú tienes que pagar por todo y encargarte de la mayoría de los asuntos mencionados, no los transfieras.

3. Aléjate de los editores que te adulen demasiado, sobre todo si en esa editorial tienes que pagar por publicar tu libro.

4. Precisa por escrito todos los acuerdos a los que llegues con el editor.

5. Firma siempre un contrato de edición y analízalo bien antes de hacerlo. He visto a muchos escritores firmar contratos abusivos en el afán de ver su libro publicado: recuerda que hay diversas opciones para lograrlo; no te ofusques con la primera opción si no te conviene.

6. En caso de dudas siempre es mejor consultar a un abogado o acercarse a las oficinas del Indautor.

Felices creaciones.