La presidenta Claudia Sheinbaum tomó una decisión correcta cuando decidió detener la nueva Ley de Telecomunicaciones y Radiodifusión, la Ley Censura. La iniciativa la presentó originalmente el 23 de abril y de inmediato la maquinaria del régimen impulsó una aprobación en fast track. El 24 de abril, sin embargo, la mandataria anunció que la pausaría para que se analizara a fondo.
Los foros del Senado fueron más intensos y eficaces que los del gobierno de López Obrador, quien insistía en que no se cambiara una sola coma de sus iniciativas. En esta ocasión sí hay cambios significativos, aunque la iniciativa mantiene puntos fundamentales muy cuestionables. Un nuevo dictamen se presentará, previsiblemente, en un periodo extraordinario de sesiones este lunes 23 de junio.
En la nueva ley se elimina el controvertido artículo 109 que permitía a la Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones bloquear plataformas de internet bajo lineamientos que ella misma definiría. Es una medida importante y positiva; se pone fin a una amenaza de censura.
Ante la concentración de atribuciones en una sola entidad, sin autonomía y controlada por una sola persona, el nuevo dictamen crea no una, sino tres autoridades: la Agencia de Transformación, la Comisión Nacional Antimonopolio y la Comisión Regulatoria de Telecomunicaciones. Un paso positivo será que esta última, en lugar de tener un solo director, contará con cinco comisionados, aunque serán propuestos por el Ejecutivo y ratificados por mayoría simple por el Senado, lo cual le dará control al gobierno.
Para evitar la violación del TMEC se elimina la disposición que permitía al gobierno entrar directamente a los mercados de telecomunicaciones y radiodifusión para “competir” en condiciones desleales. Si quiere ingresar al mercado, tendrá que obtener una concesión comercial y cumplir con todos los requisitos de ley, como cualquier privado. Se restablece el principio de neutralidad competitiva. Es positivo.
Amenazas
También se modifica el artículo 8 fracción LXII, que permitía la suspensión automática de programas de radio y televisión. Ahora tendrá que haber un “apercibimiento”. Sigue siendo una amenaza de censura, pero el gobierno tendrá cuando menos que ofrecer una advertencia. Por otra parte, se elimina el artículo que obligaba al “uso correcto del lenguaje”, el cual abría una discusión sobre qué es el lenguaje correcto y quién lo define.
El dictamen, sin embargo, mantiene la obligación de distinguir entre “información” y “opinión” en radio y televisión abiertas nacionales, sin afectar a las cadenas extranjeras que transmiten por cable o satélite o a las emisiones por internet. Esta distinción es difícil si no imposible de aplicar. Además, es una amenaza injusta, porque afecta la libertad solo de las emisoras mexicanas.
Muy preocupante también es el hecho de que el régimen mantiene la facultad de promover el “rescate” de frecuencias con justificaciones como el “interés público” o la “seguridad nacional”. Este poder lo utilizó el presidente venezolano Hugo Chávez para rescindir en 2007 la concesión de Radio Caracas Televisión, la televisora más vista de Venezuela, por haber mantenido un periodismo independiente. Sirvió también como advertencia a las demás televisoras y emisoras de radio para que se abstuvieran de presentar contenidos críticos al gobierno.
Es una de las peores amenazas a la libertad de expresión que quedan en la Ley Censura.