Una vez más queda claro por qué el gobierno siguió el largo camino que lo llevó a tomar control del Poder Judicial para evitar que los tribunales le salgan “con el cuento de que la ley es la ley”. El pasado 6 de abril, por votación de 6 a 3, la nueva Suprema Corte (SCJN), surgida de las elecciones del acordeón de 2025, tomó una decisión crucial que revierte un precedente de la Corte anterior, de 2018, para darle facultades a la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) de congelar cuentas bancarias sin orden de un juez ni una petición internacional.
El poder que obtiene con este fallo la UIF es extraordinario. A partir de ahora este órgano del Ejecutivo podrá no solo investigar las cuentas bancarias de los gobernados sino incluso congelarlas, aunque no tenga pruebas de presuntas irregularidades, sin una orden de un juez y sin que se haya realizado un juicio contra las personas o empresas afectadas.
La UIF será detective y juez, y castigará al ciudadano por una simple sospecha, no mediante un juicio en el que se presenten pruebas y se avalen las acusaciones.
No sorprende que la SCJN en 2018, cuando todavía era independiente, haya descartado esta posibilidad. Permitir que la UIF sancione sin orden judicial a los gobernados viola la garantía de audiencia del artículo 14 de la Constitución para que nadie sea molestado en su persona o posesiones sin juicio previo; descarta la presunción de inocencia del artículo 20 constitucional, según el cual cualquier persona deberá ser considerada inocente en tanto que un tribunal no la declare culpable; quebranta el derecho a la legítima defensa, ya que al congelar los recursos bancarios de una persona se le impide contar con los medios para contratar a un abogado.
Como si no fuera suficiente, viola el principio de progresividad de la ley, que establece que ninguna reforma podrá disminuir los derechos que ya tengan los gobernados.
Peligro
El fallo deja sin posibilidad de defensa a quienquiera que sea objeto de una congelación de recursos por la UIF. Ya ni siquiera el amparo podrá protegerlo. Aun cuando no se ha eliminado el derecho de amparo, el gobierno de la 4T lo limitó para que en estos casos no se puedan emitir suspensiones. Sin suspensiones, sin embargo, la persona no podrá evitar la congelación de recursos sino hasta que acabe el juicio, lo cual puede llevar varios años.
El gobierno dice que estas facultades son necesarias para combatir al crimen organizado, pero la congelación se aplica más bien a personas comunes y corrientes, registradas en el Servicio de Administración Tributaria. Los gángsters manejan dinero en efectivo, principalmente en dólares, y no se molestan en realizar el engorroso procedimiento que hoy se requiere para abrir una cuenta bancaria.
Nos dicen también que el que nada debe nada teme, que la UIF no abusará de sus poderes. Pero la experiencia muestra que más de la mitad de las congelaciones de cuentas que ordenaba la UIF eran rechazadas por los tribunales debido a que no había pruebas de algún ilícito. Algunas eran motivadas políticamente y tenían el propósito de hostigar a personas y organizaciones que el gobierno percibía como enemigos.
Hoy una Suprema Corte empeñada en quedar bien con el gobierno le ha dado a la UIF poderes propios de una dictadura. Hubo tres votos en contra, uno de ellos de la ministra Yasmín Esquivel, quien señaló que era muy peligroso otorgar estas facultades a la UIF porque no hay reglas claras sobre cuándo y por qué podrá congelar las cuentas.

