SIN SECRETO BANCARIO

“Puede meterse en una cuenta simplemente para ver qué encuentra”.

Sergio Sarmiento
Columnas
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La primera sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró el 11 de mayo que el derecho a la privacidad es muy importante, pero aun así le pegó un palo al determinar que las autoridades hacendarias tienen el derecho de violarlo sin autorización de un juez.

Nadie cuestiona que las autoridades fiscales soliciten información bancaria con autorización de un juez cuando tienen indicios de que se ha registrado una evasión fiscal o algún otro delito. Lo que parece inaceptable es que la autoridad pueda meterse en las cuentas de cualquier persona sin mostrar primero ante un juzgador las razones para pensar que la cuenta registra un ilícito.

El artículo 142 de la Ley de Instituciones de Crédito establece el secreto bancario al señalar que la información y la documentación de las operaciones y servicios bancarios serán confidenciales. Una excepción lógica es la que establece que una autoridad judicial puede ordenar que se proporcione la información. Otra, que es la que siembra dudas y temor, señala que la información la podrán solicitar las autoridades fiscales sin necesidad de que lo autorice un juez.

Un juicio de amparo buscaba frenar esta excepción sobre la base de que el artículo 16 de la Constitución establece que “Toda persona tiene derecho a la protección de sus datos personales…” Y entre los datos personales más importantes está la información de las cuentas bancarias que uno pueda tener.

Con el argumento de que ningún derecho es absoluto, lo cual lleva a suponer que la Suprema Corte puede derogar todas las garantías individuales en la Constitución, la primera sala determinó que la autoridad hacendaria puede requerir información “con la finalidad de verificar el correcto cumplimiento de la obligación ciudadana de contribuir al gasto público, el cual puede mermarse a través de conductas como la defraudación fiscal, el lavado de dinero, el terrorismo o la delincuencia organizada”.

Un poder enorme

Y es cierto. En todos los países del mundo la autoridad fiscal puede solicitar información sobre las cuentas bancarias de una empresa o de una persona, pero en los que tienen un real Estado de Derecho esto no se puede hacer de manera discrecional. El representante legal de la autoridad hacendaria tiene que ir ante un juez para mostrar los elementos que le permiten suponer que la información de una cuenta bancaria puede ayudar a encontrar algún acto de evasión fiscal.

La primera sala de la Suprema Corte, sin embargo, ha eliminado completamente el derecho a la privacidad para la autoridad fiscal. Esta puede solicitar información en cualquier momento sin tener que demostrar razones de sospecha de alguna irregularidad. Puede meterse en una cuenta simplemente para ver qué encuentra. Esto le da un poder enorme para, por ejemplo, acosar a rivales políticos o a periodistas que le resulten incómodos.

Apenas un día antes de la decisión de la SCJN, que sienta ya una jurisprudencia que tendrán que acatar los tribunales inferiores, la Comisión de Asuntos Económicos y Fiscales de Suiza rechazó dos mociones para modificar el artículo 47 de la Ley Bancaria que castiga la divulgación de información de las cuentas bancarias en ese país. Esto no significa que las autoridades de Suiza no puedan indagar casos de evasión fiscal, solo que tienen que hacerlo a través de un juez, como en todas las naciones donde se respeta el Estado de Derecho.

En México el SAT tiene el derecho de meterse en cualquier cuenta sin mostrar ni pedir autorización de un juez y sin tener siquiera que informar a los titulares de las cuentas. Es de miedo.