La Cámara de Diputados aprobó el dictamen que modifica el primer párrafo del artículo 65 de la Constitución Política, en materia de periodos de sesiones ordinarias del Congreso de la Unión.
Indica que el Congreso se reunirá a partir del 1º de septiembre de cada año para celebrar un primer periodo de sesiones ordinarias, y a partir del 1º de febrero para celebrar un segundo periodo de sesiones ordinarias.
En los transitorios, el documento enviado al Senado de la República para sus efectos constitucionales, señala que la duración en el cargo de las diputadas federales y los diputados federales electos para la LXV Legislatura del Congreso de la Unión se computará a partir del 1º de septiembre de 2021 y hasta el 31 de agosto de 2024.
Mientras que la duración en el cargo de los senadores electos para las LXIV y LXV Legislaturas del Congreso de la Unión se computará a partir del 1º de septiembre de 2018 y hasta el 31 de agosto de 2024.
Además, las diputadas federales y los diputados federales electos para la LXVI Legislatura durarán en el ejercicio de su cargo 36 meses, computados a partir del 1º de septiembre de 2024 al 31 de agosto de 2027.
En tanto que, las y los senadores electos para las LXVI y LXVII Legislaturas durarán en el ejercicio de su cargo 72 meses, computados a partir del 1º de septiembre de 2024 al 31 de agosto de 2030.
Es una reforma que propone que la parte sobre el inicio de los trabajos del Congreso quede como estaba antes del año 2014.
Como bien recordamos, en la Reforma Electoral de 2014 se estableció que los integrantes de la LXVI Legislatura iniciaran sus trabajos el 1 de agosto de 2024, lo que implicaba que habría legisladores de dos legislaturas al mismo tiempo durante el mes de agosto de 2024.