APRUEBA EL SENADO LA NUEVA LEY DE AMPARO; “ES REGRESIVA”, DICEN EXPERTOS

Ley de Amparo
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Aunque ya la aprobó por vía rápida el Senado de la República, continúan los debates en torno de la reforma a la Ley de Amparo: el postulante Poder Ejecutivo argumenta que los cambios que propone se requieren porque existen problemas de dilación y abuso del amparo, mientras que académicos, juristas y expertos constitucionalistas alertan que la propuesta gubernamental elimina el amparo colectivo y la califican de “regresiva” en materia de protección de los derechos humanos.

El gobierno federal afirma que la reforma tiene como fin mejorar y perfeccionar el juicio de amparo para que sea ágil, sencillo y de pronta tramitación a los litigios, pero de última hora el Senado incorporó a la iniciativa la retroactividad de la nueva ley, medida que recibió duras críticas por parte de los diversos sectores del país, incluyendo a la propia Presidencia de la República.

De hecho, no solo esas críticas fueron desoídas, sino que las llamadas audiencias públicas para ofrecer distintas posturas a favor y/o en contra de la nueva Ley de Amparo, con el propósito de incorporar los cambios sobre esta figura jurídica, resultaron a decir de no pocos participantes en una “mera simulación”: 41 ponentes tomaron parte durante el 29 y 30 de septiembre, sin que ninguna opinión se tomara finalmente en cuenta de fondo.

Entre las modificaciones aprobadas destaca la definición del “interés legítimo”, que deberá implicar una lesión jurídica real y diferenciada para el quejoso, la homologación de plazos procesales, la posibilidad de presentar amparos por medios digitales y la limitación de suspensiones provisionales en casos como lavado de dinero, financiamiento al terrorismo o deudas fiscales.

Sobre la retroactividad del dictamen, la oposición alertó que de último momento el Senado aprobó la medida incluso contraviniendo a la Carta Magna federal, que en su artículo 14 establece por el contrario la irretroactividad de la ley ante cualquier ciudadano.

Al respecto, la Presidencia de la República señaló que no era necesario incluir un artículo transitorio a la reforma a la Ley de Amparo y expuso que la misma iniciativa no permitía la retroactividad de esta norma.

En este sentido, pidió esperar a que se termine de discutir la reforma en la Cámara de Diputados, como cámara revisora: “Nosotros enviamos esta iniciativa que no tenía este agregado. Hay que respetar la Constitución, que establece claramente que no debe haber retroactividad en las leyes. Vamos a ver exactamente por qué incorporaron este transitorio (…) tiene que garantizarse que (los asuntos pendientes) sigan con las leyes anteriores: el tema es a los nuevos amparos”.

El dictamen, que al cierre de esta edición pasó a revisión de la cámara baja, establece además que los créditos fiscales determinados y firmes no podrán ser impugnados vía amparo y que los tribunales deberán evitar recursos dilatorios.

Todo ello, según los senadores oficialistas, con el propósito de armonizarlos con los avances tecnológicos, las exigencias de certeza jurídica y las demandas ciudadanas de acceso a una justicia más pronta y expedita.

La presidenta de la Cámara de Diputados, Kenia López, garantizó que no se aprobará la minuta como fue aprobada por los senadores; adelantó que tocará a los diputados corregir y perfeccionar el dictamen; y confió en que se hará con responsabilidad.

El diputado presidente de la Junta de Coordinación Política y coordinador del grupo parlamentario de Morena en la cámara baja, Ricardo Monreal, puntualizó a su vez que el artículo 14 constitucional establece que no se le puede dar efectos retroactivos a ninguna ley en perjuicio de persona alguna y aseguró que van a “darle congruencia a la Constitución”.

Reformas

Los congresistas afirmaron que las propuestas y recomendaciones se analizaron una vez que concluyeron las audiencias públicas, lo que llevó a generar cambios a la iniciativa en un diálogo de consenso político, no solamente entre los grupos parlamentarios sino con el propio equipo que confeccionó la iniciativa.

Lo cierto es que todo se hizo por la vía rápida: las audiencias públicas fueron solo dos y tan luego concluyeron, el mismo 1 de octubre —se supone que con los puntos de vista externados por los especialistas— se presentó el dictamen que recayó en las comisiones unidas de Justicia, Hacienda y Crédito Público y Estudios Legislativos, donde fue aprobada de inmediato y sin ninguna propuesta de los especialistas. Y ese mismo día pasó para su votación al pleno, donde recibió 70 sufragios a favor y 39 en contra.

Retroactividad

En un viraje de último momento el Senado aprobó que las nuevas reglas de la Ley de Amparo sean retroactivas, por lo que todos los juicios abiertos serían resueltos con las nuevas reglas, que limitan la suspensión provisional y permiten al gobierno cobrar de inmediato deudas fiscales que hoy están en proceso de un juicio de amparo.

El cambio propuesto por el senador Huerta Ladrón Guevara fue: “Los asuntos que se encuentren en trámite al entrar en vigor el presente decreto, continuarán tramitándose hasta su resolución final conforme a las disposiciones que establece este decreto”.

Dicho criterio, de acuerdo con datos presentados por Movimiento Ciudadano (MC) en ese recinto legislativo, afectará a 706 mil juicios de amparo existentes.

Las críticas de la oposición fueron fundamentadas porque la retroactividad está prohibida por el artículo 14 constitucional, que ordena: “A ninguna ley se dará efecto retroactivo en perjuicio de persona alguna”.

Para los expertos, esto significa que las leyes no pueden aplicarse a situaciones o hechos que ocurrieron antes de su entrada en vigor, cuando esa aplicación cause un daño o perjuicio a una persona, garantizando así la certeza jurídica y protegiendo los derechos adquiridos protegidos por la irretroactividad de la ley.

En este sentido, la Confederación Patronal de la República Mexicana (Coparmex) dijo que es grave que en la sesión plenaria se reincorporó un artículo transitorio que establece la aplicación retroactiva de la reforma, lo que impactará a los juicios actualmente en trámite: “Este cambio rompe con la certeza jurídica, vulnera principios constitucionales y genera incertidumbre tanto para ciudadanos como para las empresas que hoy litigan en defensa de sus derechos”.

Audiencias

Cabe destacar que en dos días de audiencias públicas se recabaron las voces de 41 expertos en la materia, quienes expusieron sus posturas a favor y en contra de la nueva Ley de Amparo.

El especialista en Derechos Humanos, Santiago Aguirre, dijo que la propuesta pretende que solo exista interés legítimo cuando la persona quejosa reciba una lesión jurídica real, actual y diferenciada del resto de las personas. “Lo que la iniciativa genera es que se diluye el entendimiento del interés legítimo, pues lo acerca demasiado al interés jurídico”, señaló.

Marat Paredes, magistrado en retiro, comentó que la tramitación electrónica de juicio de amparo ayudará a agilizar su obtención y se ampliarán las posibilidades de defensa de los gobernados.

Román Lazcano, integrante del Foro de Constitucionalistas de México, consideró que “llama la atención que un partido o un movimiento que en sus estatutos establece la defensa de los pueblos originarios, la cultura de la legalidad y evitar el autoritarismo, construya una reforma que atenta gravemente los derechos humanos”.

El exmagistrado de Circuito en Materia Civil, Javier Sandoval, consideró que quienes tachan la iniciativa de “regresiva” por eliminar el amparo contra derechos colectivos están en un malentendido, pero también lo están quienes estiman que sólo se está cumpliendo con una jurisprudencia de la Suprema Corte. “El sentido que yo veo es contener el protagonismo judicial”, expresó.

Por la Comisión Estado de Derecho del Consejo Coordinador Empresarial, Ricardo Cervantes subrayó que para las empresas es fundamental contar con un instrumento como el amparo, porque el crecimiento económico del país requiere de factores como leyes adecuadas y herramientas jurídicas eficientes para defender sus derechos ante arbitrariedades de las autoridades.

Finalmente, Eduardo Knapp, coordinador del Programa Ecosistema Informativo y Tecnología de Artículo 19, señaló que como defensor de la sociedad civil “nos preocupa mucho la propuesta presidencial en materia de amparo, particularmente en sus tres figuras, de interés legítimo, suspensión y cumplimiento de las sentencias, que están conectadas”.

Y concluyó: “Al aprobarse estas reformas el Estado mexicano estaría incumpliendo obligaciones internacionales y se vulneraría la defensa de los derechos humanos”.

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