JUSTICIA SIN ROSTRO: ¿AVANCE O RETROCESO?

Justicia sin rostro
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Para unos, una medida de seguridad en favor de los jueces frente a casos de delincuencia organizada; para otros, una amenaza a la transparencia e imparcialidad judicial.

El reloj no marcaba las 12 del día cuando cinco hombres armados llegaron a la casa del juez Uriel Villegas, en Colima, y le dispararon 20 veces. Él y su esposa, Verónica Barajas, fueron asesinados en 2020 por procesar a gente de alto perfil, como a Rubén Oseguera, El Menchito, hijo del líder del Cártel Jalisco Nueva Generación. Tenía 42 años y dos hijas de tres y cinco años.

“Acabo de recibir una terrible noticia”, fueron las palabras del entonces presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), con las que interrumpió una sesión virtual del alto tribunal para dar el aviso y exigir a las autoridades garantizar la seguridad de los jueces federales y sus familias.

El homicidio conmocionó a la sociedad y detonó un debate sobre las condiciones de seguridad de quienes imparten justicia en México.

A casi seis años de aquel asesinato, el Congreso de la Unión se prepara para aprobar una polémica figura como parte de la no menos polémica reforma judicial, que busca garantizar el anonimato de los juzgadores al frente de delitos por delincuencia organizada y pretende ser una respuesta contra la ola de violencia que azota al país desde hace casi dos décadas: los jueces sin rostro.

Con tiento

Para algunos, esta figura abre la puerta a abusos y violaciones a derechos humanos y a convenios internacionales. “Es una medida de excepción, pero excepcional es también la violencia que se vive en varias regiones del país”, escribió Ricardo Monreal, la cara de Morena en la Cámara de Diputados, al defender su postura.

La reforma, lista para aprobarse a finales del año pasado, propició desencuentros incluso al interior del oficialismo, al punto que la discusión se pospuso hasta el próximo periodo ordinario, en febrero.

Uno de los bloques, encabezado por el senador morenista Javier Corral, manifestó resistencia para aprobar un dictamen que ponía en juego las garantías individuales de los acusados. El otro, liderado por el senador Adán Augusto López, empujó su avance.

Al final, Corral logró la postergación al ofrecer una “propuesta de redacción excepcional y perfectamente reglada”; una escritura tan precisa que no dé cabida a errores interpretativos que terminen en desastre.

“Podemos mejorar en reglamentar esta figura, no solo de manera excepcional, sino con reglas más específicas que permitan atender lo que los organismos internacionales en materia de derechos humanos han señalado”, aseguró.

La oposición, mientras tanto, celebró la decisión de pausar la discusión que reformaría el Código Nacional de Procedimientos Penales y la Ley Federal Contra la Delincuencia Organizada.

“Tal y como está la redacción, no hay manera de transitar. Es muy lamentable ver a la izquierda haciéndole el trabajo a la derecha”, zanjó la senadora Alejandra Barrales, de Movimiento Ciudadano.

Paradójico

En exclusiva para Vértigo, Diego Valadés, exministro de la SCJN y exprocurador general de la República, afirma que se tiene la creencia de que los jueces sin rostro pueden actuar con “mayor seguridad”, pues al ocultar su identidad no quedan expuestos a represalias de las organizaciones delincuenciales.

Sin embargo, asegura, esto “es una falacia”, pues “es imposible que esos jueces sean desconocidos para todos, incluidos los integrantes de la Judicatura”. Si no se sabe quién está detrás del caso, ¿cómo puede garantizarse que te juzga un tribunal imparcial e independiente?, cuestiona.

Que haya jueces desconocidos resulta paradójico en el contexto de la reforma cuyo máximo principio es que todos los juzgadores sean electos por voto directo en las urnas. “En tanto que haya personas dentro del Poder Judicial que conozcan quiénes son, el juez incógnito es solo una ficción”, ataja Valadés.

La medida, aunque con nobles fines, explica el doctor en Derecho, viola el artículo 20 de la Constitución, que ordena que todo proceso penal sea acusatorio, oral y público.

De aprobarse, la reforma estaría violando también la fracción II de ese precepto, que afirma que “toda audiencia se desarrollará en presencia del juez, sin que pueda delegar en ninguna persona el desarrollo y valoración de las pruebas”. La reforma de 2024, afirma Valadés, “es muy contradictoria; este es solo un caso más”.

Valadés

Premura

Para evitar ese atropello a los derechos del imputado, legisladores de la Comisión de Estudios Legislativos del Senado de la República impulsaron ciertas modificaciones que buscan que la reserva de identidad de los juzgadores sea una medida temporal —se aplicará por el tiempo estrictamente necesario—, excepcional y sujeta a controles.

Con los ajustes, la figura no estará completamente oculta para las partes durante el proceso; será conocida por los involucrados, pero se adoptarán medidas para evitar su exposición pública cuando se trate de “asuntos de alto riesgo”, como los casos de delincuencia organizada. Además, la protección deberá solicitarse al Órgano de Administración Judicial y no se otorgará de manera inmediata.

Al preguntarle al investigador Valadés sobre el mejoramiento de la reforma con estas medidas, su respuesta es contundente: “Las modificaciones no son más que un paliativo aparente; no resuelven la contradicción de fondo. Con esa ‘temporalidad’ se busca atenuar la vulneración de derechos fundamentales argumentando que solo serán violados por un ratito”.

Y agrega que el problema de la reforma está “en un mal diseño constitucional, hecho con premura, obedeciendo a una consigna política y sin respeto por la defensa de los derechos humanos”.

Dos casos

El modelo de los tribunales anónimos surgió en Italia a inicios de los noventa, tras el asesinato de Giovanni Falcone y otros jueces a manos de la mafia siciliana. Pronto se extendió a varios países latinoamericanos, como a la Colombia de César Gaviria y a Perú durante el mandato de Alberto Fujimori.

Colombia creó la justicia sin rostro en noviembre de 1990, en la cúspide del apogeo de la guerra contra el Cártel de Medellín. Los jueces sin rostro participaban solo en ciertos delitos y dirigían las audiencias desde cabinas cerradas, separados por un vidrio polarizado que impedía verles la cara, y dispositivos que distorsionaban la voz.

Además de los jueces, ciertos testigos e investigadores judiciales también eran anónimos.

El elemento más criticado fueron las llamadas pruebas secretas: testimonios o informes que los defensores conocían sin saber quién los había producido, lo que les impedía alegar, por ejemplo, que un testigo tenía un interés indebido o era sospechoso de algún sesgo.

Y quizá lo más paradójico del caso fue que se intentaba defender lo que no siempre se logró: en 1992, Myriam Rocío Vélez, una juez sin rostro, fue asesinada junto a sus escoltas. Lo que sí hubo fue un cambio en el actuar de los criminales, quienes dejaron de asesinar a jueces y testigos… para extorsionarlos.

El caso de Perú no fue muy distinto. Luego del autogolpe con el que Fujimori disolvió el Congreso en 1992 y concentró el poder, el presidente inició una serie de medidas de mano dura contra las organizaciones terroristas Sendero Luminoso y Movimiento Revolucionario Túpac Amaru, donde los acusados de terrorismo eran procesados en tribunales civiles sin rostro.

En este caso los acusados carecían de garantías mínimas para defenderse. Bastaba un solo elemento de prueba o el testimonio de alguien más para ser detenido. “Los tribunales sin rostro han establecido un récord aterrador de violaciones de derechos humanos”, señaló Human Rights Watch en un informe de 1996.

Según Ricardo Ortega, director del Departamento de Derecho de la Universidad Iberoamericana, la justicia sin rostro “se justificó como un mecanismo para proteger a los jueces, pero en la práctica se atropellaron los derechos de víctimas y acusados”.

Y a pocos días de que el Congreso abra el debate, no está de más recordar lo que expuso el académico: “Claro que hay que proteger a los jueces, pero no a través de este tipo de figuras, pues los pones en un contexto de mucha vulnerabilidad y está el riesgo de que respondan a intereses de ciertos núcleos, sobre todo en zonas dominadas por el crimen organizado”. Algo que en México no falta.

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