Cdmx, 12 de febrero de 2025.- La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa) informa que presentó una denuncia penal contra quien resulte responsable por la posesión ilegal de un ejemplar de mono araña (Ateles geoffroyi) en el municipio de Ocotlán, Jalisco.
La denuncia está basada en el Artículo 420, fracción IV del Código Penal Federal, que sanciona actividades ilegales relacionadas con la captura, posesión, transporte, o comercio de especies de flora o fauna silvestres en peligro de extinción o protegidas por tratados internacionales, como el CITES.

La Profepa dio atención al caso, en seguimiento a información compartida el pasado 9 de febrero; por lo cual el 10 de febrero, su personal de inspección se constituyó en la presidencia municipal de Ocotlán, con el propósito de recabar información para identificar el origen y situación del ejemplar.
Durante la diligencia, se localizó a la persona que en el video tiene al ejemplar, quien refirió que pertenecía a otra persona y que desconoce los datos de quién tiene en posesión al ejemplar, pues solamente lo pidió prestado. En respuesta a esto, se le informaron las disposiciones aplicables en materia de vida silvestre, en particular, lo establecido en el artículo 60 Bis, quinto párrafo, de la Ley General de Vida Silvestre y se le solicitó que proporcione cualquier dato que contribuya a localizar a la persona que se encuentra en ilícita posesión del ejemplar de vida silvestre, a fin de continuar con las investigaciones correspondientes.
El mono araña (Ateles geoffroyi) es una especie en peligro de extinción conforme con la Norma Oficial Mexicana NOM-059-SEMARNAT-2010. Además, de conformidad con la Ley General de Vida Silvestre, ningún ejemplar de primate puede ser sujeto de aprovechamiento extractivo, ya sea de subsistencia o comercial.
La Profepa, en el ámbito de sus atribuciones, continuará realizando las diligencias necesarias para que se logren esclarecer los hechos y garantizar la protección del ejemplar involucrado.
La Profepa reitera a la ciudadanía que la extracción, posesión y comercialización ilegal de ejemplares de vida silvestre, además de tratarse de un delito, representa una amenaza directa para la conservación de las especies.

