Se elevarán las penas a los delitos contra el medio ambiente

Para proteger a personas campesinas ejidatarias y comuneras

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Nacional
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México, 10 de diciembre. La Cámara de Senadores aprobó un proyecto de decreto para reformar diversas disposiciones del Código Penal Federal, que plantea, entre otros puntos, incrementar las penas para los delitos contra el medio ambiente y establecer nuevos tipos penales en esta materia.
 
En lo general, la asamblea emitió 97 a favor y una abstención; no obstante, se reservaron los artículos 178, 180, 187, 188, 414, 417, 418, 419, 419 Bis, 420, 420 Ter, 420 Quater y 421 del citado Código, por lo que, en lo particular, el dictamen tuvo 52 votos a favor y 48 abstenciones.
 
De esta manera, el dictamen que fue enviado, con cambios, a la Cámara de Diputados, establece que se incrementan las penas a quienes ilícitamente descarguen, depositen o infiltren aguas residuales o químicos contaminantes en suelos, subsuelos, aguas marinas o ríos, entre otros, que causen riesgo a recursos naturales, flora y fauna, sanciones que eran de uno a nueve años de prisión, pero aumentaron de dos a diez años de prisión.
 
También aumentan en esa proporción las penas por introducir al territorio nacional o traficar recursos forestales, flora o fauna silvestre viva o muerta, y sus productos o derivados que porten, padezcan o hayan padecido alguna enfermedad contagiosa que pueda diseminarse a la flora, a la fauna, a los recursos forestales o a los ecosistemas.
 
Además, se incrementan las penas a quienes desmonten, extraigan o destruyan cualquier tipo de vegetación natural o recurso forestal maderable fuera de zonas urbanas, y a quienes realicen actividades de ocupación, invasión o cambio de uso de suelo en cualquier tipo de terreno forestal.
 
Al presentar el dictamen, el presidente de la Comisión de Justicia, Javier Corral Jurado, explicó que esencialmente se propone incrementar las penas, no con el afán de implementar castigos más severos, sino para disuadir las conductas.
 
Dijo que “se ha considerado a la persona jurídica como responsable en la afectación de diversas conductas delictivas en las que derivado de la actividad propia de la persona moral cause daño al medio ambiente, a los recursos naturales, lo que incluye flora y fauna, ya sea por falta de prevención a la hora de aplicar las medidas de seguridad o bien porque de forma deliberada ordenen su realización”.
 

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