Suspensión del Plan B, para preservar el sistema democrático: ministro Javier Laynez

La reforma electoral que suprime áreas y recortes pone en riesgo la función del INE

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Foto: Cuartoscuro
Redacción
Nacional
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Ciudad de México, Marzo 27.-El ministro de la Suprema Corte, Javier Laynez Potisek, defendió la suspensión provisional otorgada al Instituto Nacional Electoral (INE) contra el llamado Plan B de la reforma electoral, promovida por el presidente Andrés Manuel López Obrador y avalada por el Congreso de la Unión.

En el acuerdo de la suspensión el juez constitucional asevera que la reforma a las leyes electorales planteada supone suprimir varias áreas y recortar personal del INE, lo que pondría en riesgo el cumplimiento de su función.

Resaltó que el sistema democrático nacional tiene como garantía orgánica la adecuada capacidad operativa del Instituto Nacional Electoral y el decreto reclamado produce una modificación sustancial en la organización, funcionamiento y estructura del propio órgano, al grado que es previsible que se pueda comprometer su regular funcionamiento en los términos en los que venía operando.

Laynez Potisek añadió que de no otorgarse la suspensión pueden realizarse ajustes planteados, por lo que era preciso otorgar la medida cautelar contra la totalidad del decreto impugnado.

“De no concederse la suspensión, el instituto actor quedaría afecto a la aplicación del nuevo esquema orgánico dispuesto por el legislador, con las consecuentes adecuaciones presupuestarias, lo cual traería como consecuencia la desaparición de plazas y la remoción de diversos servidores públicos y, por tanto, la necesaria afectación irreversible a la capacidad del instituto para cumplir las funciones constitucionales que tiene encomendadas frente a la ciudadanía”, subrayó.

El viernes 24 de marzo La Suprema Corte informó que el ministro Javier Laynez había admitió la demanda de controversia constitucional interpuesta por el INE en contra del decreto por el que se reforma, adiciona y derogan diversas disposiciones de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, de la Ley General de Partidos Políticos, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, y que expide una nueva Ley General de los Medios de Impugnación en Materia Electoral’.

La suspensión otorgada al instituto electoral es para que las cosas se mantengan en el estado en el que hoy se encuentran y rijan las disposiciones vigentes antes de la respectiva reforma.