El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó por seis votos a favor y cinco en contra declarar constitucional la consulta popular para esclarecer decisiones políticas tomadas en años pasados que promueve el gobierno federal ya que su finalidad no viola el artículo 35, fracción VIII, numeral tercero de la Constitución.
La diferencia en la votación la hizo el ministro presidente, Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, quien sostuvo sin embargo que no se debe confundir la procedencia de la consulta con sus efectos vinculantes, por lo que pueden consultarse todas aquellas materias que no estén expresamente prohibidas con el fin de abrir las puertas a la reflexión ciudadana.
Añadió: “La materia de esta consulta se limita a pronunciarse sobre el diseño y el rumbo de la política criminal del Estado, lo cual no está prohibido”.
Y señaló que la consulta no busca restringir los derechos humanos o sus garantías. “La consulta que se nos plantea no asume que las personas que menciona son responsables. Lo que la consulta busca conocer es simplemente si la ciudadanía está de acuerdo en que las autoridades investiguen y en su caso sancionen su presunta responsabilidad en la comisión de delitos”.
El ministro presidente se pronunció contra el proyecto del ministro Luis María Aguilar, que rechazaba la consulta, y aseguró que la SCJN no puede ser una “puerta cerrada” a la participación ciudadana.
Cabe señalar que días antes se difundió el proyecto del ministro Aguilar en el que indicaba que la pregunta enviada por el presidente Andrés Manuel López Obrador ponía en riesgo los derechos de los señalados y que “la Constitución y la ley no pueden sujetarse a una consulta”.
Por ello proponía declararla inconstitucional ya que, argumentaba, “la tarea de la SCJN no tiene nada que ver con decidir si debe investigarse o no a expresidentes por delitos que supuestamente cometieron sino solo analizar la constitucionalidad de los fundamentos de una pregunta que se sometiera a una consulta popular”.
Además, indicaba, implicaría “una restricción de los derechos humanos de las mexicanas y mexicanos y una afectación a las garantías para su protección”.
En el proyecto destaca el razonamiento relativo al riesgo para los derechos de las víctimas y ofendidos de los delitos; aspecto de la mayor relevancia al analizar las violaciones a los derechos humanos que podría implicar su realización. Es decir, que en caso de que la consulta arrojara un “no” al enjuiciamiento se podría caer en impunidad.
El jueves 1 de octubre pasado, previamente a la anuencia del pleno a la consulta, los ministros determinaron sin embargo reformular la pregunta y por ocho votos contra tres aprobaron modificarla.
Dijeron sí
El ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena se pronunció contra el proyecto del ministro Aguilar al considerar que la materia de la consulta es constitucionalmente válida, pero pidió también la reformulación de la pregunta.
Asimismo consideró que el objetivo de la consulta es una las facultades discrecionales del Ejecutivo para actuar o no actuar y conocer hechos del pasado.
La ministra Margarita Ríos Farjat señaló que el proyecto calificaba solo la pregunta propuesta por el presidente y expresó que se debía calificar primero la materia, que es la realización de la consulta.
Ríos Farjat consideró que el proyecto del ministro Aguilar interpretó de forma rígida y restrictiva la consulta propuesta. “La Suprema Corte no puede mantenerse ajena a la realidad y no dar cauce a alternativas que den participación a la ciudadanía, como es la consulta popular”.
La ministra Yazmín Esquivel Mossa se pronunció a favor de la constitucionalidad de la consulta.
Expresó que lo que se consultará es la función social de los expresidentes y eso no está prohibido en el artículo 35 de la Constitución.
El ministro Alberto Pérez Dayán consideró que la consulta es viable y coincidió en que la materia de ella es responsabilidad de los servidores públicos.
Pero aclaró que la pregunta como estaba planteada era tendenciosa y tenía juicios de valor. “Me pronuncio por considerar que la materia de la consulta sí es disponible para efectos de su opinión popular y en consecuencia correspondería a este tribunal modificar la pregunta para que no sea tendenciosa, no sea inquisitoria y produzca una respuesta categórica en sentido positivo o negativo”, comentó.
“La materia de la consulta sí es viable, todo ello con absoluta independencia de que en el terreno subjetivo me parezca ociosa e innecesaria desde el punto de vista constitucional”, dijo Pérez Dayán.
El ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá expresó su coincidencia con la inconstitucionalidad de la consulta y señaló que debía replantearse la pregunta para que no exceda los derechos constitucionales y humanos.
“Considero que replantear el objeto para que no exceda las limitantes de la consulta popular y consecuentemente reformular la pregunta es una labor garante con los derechos humanos”, manifestó.
Y después de reformarse la pregunta González votó por la constitucionalidad de la consulta.
También el ministro presidente, Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, votó por la constitucionalidad de la consulta.
Señaló que “la materia de la consulta no está prohibida por la Constitución. No advierto ningún impacto constitucional previsible de la consulta”.
Dijeron no
Al presentar las razones por las que considera inconstitucional la consulta popular propuesta, el ministro Luis María Aguilar reiteró que “la tarea de la Suprema Corte no tiene nada que ver con decidir si debe investigarse o no a los expresidentes de México. Se trata de un concierto de inconstitucionalidades que pudieran incidir negativamente en el acceso a la justicia, la persecución de los delitos y el Estado de Derecho mismo, lo cual implica la afectación de los derechos humanos de todas las mexicanas y los mexicanos”.
El ministro Jorge Mario Pardo dijo estar a favor de la consulta desde un punto de vista distinto al proyecto, pero la consideró inconstitucional porque a su juicio no se pueden consultar las atribuciones de autoridades de procuración de justicia.
Y en igual sentido se pronunció el ministro Javier Laynez Potizek, para quien la consulta no debería llevarse a cabo por lo que votó a favor del proyecto de declararla inconstitucional. Comentó también que la participación de la sociedad es importante, pero que la justicia no se consulta.
“¿Desde cuándo un presidente necesitaría una consulta para ver si realiza esfuerzos o instruye a sus órganos para buscar elementos para que se haga justicia?”, cuestionó.
El ministro José Fernando Franco González-Salas se pronunció a favor del proyecto que señala que la consulta es inconstitucional.
Franco estimó que la consulta formulada conlleva la violación y por consiguiente la restricción de derechos, en particular los que deben ser respetados a toda persona en nuestro país, como la presunción de inocencia.
La ministra Norma Lucía Piña Hernández, en apoyo al proyecto del ministro Aguilar, dijo que la consulta es inconstitucional porque se pretende consultar si las víctimas de delito tienen derecho a que se respeten las garantías y tengan acceso a la justicia.
Puntualizó que “las leyes no establecen obstáculo alguno para llevar a la justicia penal a expresidentes que hayan cometido algún delito”.
Y apuntó que “si las autoridades tienen información de comisión de delitos por los expresidentes, es su responsabilidad y obligación denunciar inmediatamente ante la Fiscalía para investigar y perseguir el delito sin que sea necesario la consulta”.
Cabe señalar que se generaron dos peticiones más de consulta cuya materia es el enjuiciamiento a los expresidentes provenientes de la ciudadanía, una de ellas con el apoyo de diputados de Morena.
Ambas solicitudes fueron turnadas al Instituto Nacional Electoral (INE) para que determine si cuentan con el apoyo de al menos 2% de la Lista Nominal de Electores.
Paso siguiente
La SCJN notificará su decisión a ambas Cámaras del Congreso para que debatan la propuesta y la lleven cada una a sus plenos. En esta etapa el proceso avanzará si es aprobado por mayoría simple en las dos cámaras.
Finalmente, con el voto favorable del Congreso, se expedirá la convocatoria de la consulta popular mediante un decreto y se notificará al INE para que organice el ejercicio.
Con todo aprobado el INE definirá el formato de la papeleta, la organización y el conteo el día de la jornada.
Las consultas populares se realizarán el primer domingo de agosto, según el artículo 35 de la Constitución. Sin embargo el artículo 8 de la ley en la materia indica que las consultas populares se realizarán el mismo día de la jornada electoral federal.
El resultado de la consulta será vinculatorio para los poderes Ejecutivo y Legislativo federales, así como para las autoridades competentes, si la participación total en la consulta popular es de al menos 40% de los ciudadanos inscritos en la Lista Nominal de Electores.
Votación
Ministros a favor | Ministros en contra |
Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena Juan Luis González Alcántara Carrancá Yazmín Esquivel Mossa Margarita Ríos-Farjat Alberto Pérez Dayán Arturo Zaldívar Lelo de Larrea | José Fernando Franco González Salas Luis María Aguilar Morales Jorge Mario Pardo Rebolledo Norma Lucía Piña Hernández Javier Laynez Potizek |
Reformulación de la pregunta
Pregunta de AMLO | Pregunta reformulada por la SCJN |
¿Está de acuerdo o no con que las autoridades competentes, con apego a las leyes y procedimientos aplicables, investiguen, y en su caso sancionen, la presunta comisión de delitos por parte de los expresidentes Carlos Salinas de Gortari, Ernesto Zedillo Ponce de León, Vicente Fox Quesada, Felipe Calderón Hinojosa y Enrique Peña Nieto antes, durante y después de sus respectivas gestiones? | ¿Está de acuerdo o no en que se lleven a cabo las acciones pertinentes con apego al marco constitucional y legal para emprender un proceso de esclarecimiento de las decisiones políticas tomadas en los años pasados por los actores políticos, encaminada a garantizar la justicia y los derechos de las posibles víctimas? |