Invalida Suprema Corte declaración que protege corrida de toros en Nayarit

Determina que los animales no son cosas al servicio indiscriminado de los humanos

Suprema Corte toros1.jpg
Redacción
Nacional
Share

Ciudad de México, Junio 15.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó el decreto del congreso de Nayarit que declaró patrimonio cultural a las corridas de toros y a las peleas de gallos, al considerar que viola los derechos a un medio ambiente sano.

La propuesta hecha en el proyecto elaborado por el ministro Alberto Pérez Dayán, logró el apoyo de cuatro de ministros integrantes de la Segunda Sala de la Corte, y sólo tuvo el voto en contra de la ministra Yasmín Esquivel Mossa.

La resolución tiene efectos generales pues el amparo favorece no solo a quien lo promovió, sino que todo el decreto fue anulado por inconstitucional.

En su argumentación, la mayoría de ministros coincidieron en que los animales no son cosas al servicio indiscriminado de los seres humanos, sino especies merecedoras de un trato decente, por lo cual es necesario al menos que las personas se abstengan de provocarles sufrimientos, agonía, dolor y muerte, para meros fines recreativos o deportivos.

Los ministros consideraron que sería contradictorio estimar que bajo el amparo del patrimonio cultural, el Estado adoptara medidas financieras, administrativas y educativas tendientes a preservar y fomentar costumbres, usos, expresiones, manifestaciones humanas, que sumado a no ser generalmente aceptadas ni compartidas por la comunidad, tiendan al desconocimiento o violación de los derechos y libertades del ser humano, no solo en su aspecto individual, sino social o colectivo.

Durante el análisis del amparo la Suprema Corte no entró al fondo del asunto respecto si las corridas de toros y las peleas de gallos son o no inconstitucionales, pues el amparo no impugnó este tema, y se limitó a cuestionar la legalidad de la declaración de estas actividades como patrimonio cultura.

×