Ciudad de México.- El pleno de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó que el Instituto Nacional Electoral no tiene atribuciones para posponer el proceso de revocación de mandato.
En su dictamen argumenta que el INE tiene la obligación de garantizar su ejercicio, debe implementar las medidas y realizar los ajustes presupuestales necesarios para que en caso de cumplirse los requisitos constitucionales y legales, se continúe con dicho mecanismo de participación directa.
El proyecto del magistrado Felipe Fuentes Barrera establece que la Secretaría de Hacienda puede coadyuvar para conseguir los recursos necesarios “dentro de una perspectiva de austeridad, disponibilidad y eficiencia presupuestal para que sea factible garantizar la efectividad del derecho político electoral de participación ciudadana”.