El Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos (IFAI) instruyó a la PGR a entregar datos estadísticos de las denuncias presentadas, de 1982 al 23 de noviembre de 2012, por la Secretaría de la Función Pública y sus antecesoras.
De igual manera de las realizadas por la Auditoría Superior de la Federación (ASF) y otras auditorías o contralorías estatales.
Los datos deberán estar desglosados por resultado de la denuncia, nombre del Ministerio Público, área que la recibió, fecha y hechos; funcionarios o particulares consignados a un reclusorio o cárcel; estado que guarda cada una; número de averiguación previa, y monto del daño causado al erario y monto recuperado.
Al resolver un recurso de revisión, el IFAI manifestó que el ente obligado le remitió al solicitante 16 tablas de título “Denuncias presentadas por SPF/SEGOGEF/ASF/Y OTRAS”, de igual número de entidades federativas.
El resto de las 16 representaciones indicaron no contar con registros relacionados con la solicitud de acceso.
La Procuraduría General de la República (PGR) indicó que por los sistemas con los que opera no es posible desagregar datos sobre probables responsables, institución que presenta la denuncia y otros datos, para años anteriores a 2006.
Refirió que es información reservada lo referente al resultado concreto de todas las denuncias, el nombre del Ministerio Público, área que la recibió, fecha, hechos, funcionarios o particulares que fueron consignados a un reclusorio o cárcel.
Asimismo, estado que guarda cada una, número de averiguación previa, monto del daño causado al erario y monto recuperado.
En el análisis del caso, el IFAI advirtió que la PGR tiene en sus archivos datos sobre el ente de gobierno que presenta la denuncia, lo cual forma parte de la solicitud de acceso.
Además de que el sujeto obligado ha entregado algún material de este tipo en solicitudes anteriores y de que hay otras áreas de la PGR que podrían conocer de la información.
El pleno del IFAI determinó modificar la respuesta de la PGR e instruirla a nueva búsqueda exhaustiva, en la que no podrá omitir los archivos de diversas de sus áreas como son, entre otras, la Visitaduría General, la Dirección General de Control de Averiguaciones Previas y la Dirección General de Control de Procesos Penales Federales.
Si derivado de esa búsqueda, no fuera posible localizar la información del periodo solicitado, deberá declarar formalmente su inexistencia.