“En México la Constitución presenta algunos aspectos que interfieren con el cumplimiento de prevenir y erradicar la tortura, como es el caso del arraigo, la detención sin orden judicial (artículo 16) y la prisión preventiva oficiosa (artículo 19)”, señala el Instituto Belisario Domínguez (IBD) del Senado de la República.
En su investigación Día internacional en Apoyo a las Víctimas de la Tortura refiere que “la Ley Federal para Prevenir y Sancionar la Tortura (LFPST) no ha cumplido con lo establecido en los tratados internacionales, de acuerdo a un informe sobre la tortura en México, del Relator Especial de Naciones Unidas”.