El Senado de la República actualizó la legislación secundaria en materia de obra pública, adquisiciones, arrendamientos y servicios relacionados con la misma, para que las autoridades educativas procuren la inclusión de las personas con discapacidad en los planteles educativos del país.
En un dictamen de las Comisiones Unidas de Atención a Grupos Vulnerables y de Estudios Legislativos, Primera, se reformaron y adicionaron en ese sentido diversas disposiciones de la Ley General de la Infraestructura Física Educativa y de la Ley General de Prestación de Servicios para la Atención, Cuidado y Desarrollo Integral Infantil.
También modificaron el párrafo primero del artículo Cuarto de la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad, para que los discapacitados gocen de todos los derechos que establece el orden jurídico mexicano, sin distinción de origen étnico, nacional, género, edad, condición social, económica, de salud, religión, opiniones, estado civil, preferencias sexuales u otra característica humana o que atente contra su dignidad.
Precisaron que estas medidas contra la discriminación tienen la finalidad de prevenir o corregir que una persona con discapacidad sea tratada de una manera directa o indirecta menos favorable que otra que no lo sea, en una situación comparable.