Senador solicita al GDF informe sobre ‘venta’ de calles

El senador Pablo Escudero Morales presentó un punto de acuerdo para exhortar al GDF  a informar sobre la transferencia de dominio de calles y avenidas a empresas privadas.

Deberá argumentar las condiciones y criterios que sustentaron la venta; los montos recaudados, su destino y detallar los traspasos de dominio a título gratuito
Foto: Facebook
Nacional
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El senador Pablo Escudero Morales presentó un punto de acuerdo para exhortar al Gobierno del Distrito Federal a informar sobre la transferencia de dominio de calles y avenidas a empresas privadas, que formaban parte del patrimonio de la ciudad de México.

Escudero Morales dijo que el Ejecutivo local debe precisar la desincorporación de estos bienes de dominio público, que ha realizado los últimos 7 años, así como el beneficio que traería para los ciudadanos, hacerlo a título gratuito u oneroso a favor de empresas y hoteles.

Asimismo deberá argumentar las condiciones y criterios que sustentaron la venta; los montos recaudados, su destino y detallar los traspasos de dominio a título gratuito, precisó.

Recordó que en diciembre de 2010, se publicó en la Gaceta Oficial del Distrito Federal un decreto por el que se desincorporaba una fracción de la avenida Juárez, entre las calles Flores y Parroquia, en la colonia Santa Cruz Atoyac, delegación Benito Juárez a favor del Hotel Royal Plaza, hoy Holiday Inn, a título oneroso.

En abril de 2011, el gobierno capitalino vendió 434.5 metros cuadrados de esta avenida por 4 millones de pesos, acto que consta en las escrituras públicas 59483 de la Notaría 227. Además de otros casos que se describen en el documento presentado en el Senado de la República.

La Ley del Régimen Patrimonial y del Servicio Público establece que bienes de ese tipo son inalienables, imprescriptibles e inembargables, hasta que el gobierno local los desincorpore.

Lo anterior, por acuerdo avalado por el Comité del Patrimonio, a fundamento de que han dejado de ser útiles para fines de servicios públicos o están en desuso.

Sin embargo, la ley no determina los criterios para definir cuándo pueden enajenarse a título oneroso o gratuito, como tampoco las condiciones para que un inmueble pueda ser desincorporado del patrimonio, o las razones para declarar un bien como no útil para fines de servicios públicos o en desuso.

 

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