Costa Rica no puede sancionar a diputados deshonestos

La Asamblea de Costa Rica no ha fijado un marco regulatorio para sancionar a diputados que incurran en actos deshonestos a 4 años de que fue emitido un fallo al respecto, expuso este jueves La Nación.

Bandera de Costa Rica
Foto: Internet
Política
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La Asamblea de Costa Rica no ha fijado un marco regulatorio para sancionar a diputados que incurran en actos deshonestos a pesar de que hace 4 años de que fue emitido un fallo al respecto, expuso este jueves La Nación.

El periódico publicó declaraciones de una parlamentaria, cuya identidad mantuvo en reserva, que si bien el tema amerita un debate serio, no existe en el organismo legislativo el ambiente para ello.

En 2008, la Sala Constitucional o Sala IV- de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) ordenó a la Asamblea Legislativa establecer un régimen de sanciones para los legisladores que cometieran actos deshonestos.

“Los diputados han ignorado durante los últimos 4 años un fallo de la Sala IV que los obliga a crear un marco regulatorio para sancionar a congresistas que incurran en actos deshonestos”, reiteró el diario.

“En enero pasado, los diputados aprobaron la creación de la Semana Nacional de la Familia. No han logrado el mismo consenso para crear un marco que castigue a colegas que incurran en actos deshonestos”, planteó La Nación.

El representante del Partido Renovación Costarricense, Justo Orozco, consideró por su parte que el legislador llega al Congreso con una actitud de “autorregulación”.

El diputado Fabio Molina, jefe de la bancada del gobernante Partido Liberación Nacional (PLN), enfatizó a su vez que “la Sala ve la paja en el ojo ajeno y no la viga en su propio ojo, con un régimen de salarios, pensiones, anualidades y vehículos discrecionales”.

Según el diputado Juan Carlos Mendoza, del opositor Partido Acción Ciudadana (PAC), “no existen mecanismos para hacer efectivas sanciones cuando se determinan faltas a la probidad”.

En su fallo del 17 de diciembre de 2008, la Sala IV planteó que a causa de que el Tribunal Supremo de Elecciones no está facultado para retirar la credencial a un diputado que incurra en faltas éticas, el Parlamento debe “proveerse de un régimen explícito” de sanciones.

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