Desindexación del salario mínimo

El salario mínimo en México se encuentra regulado por la Ley Federal del Trabajo (LFT) publicada en el DOF el 1 de abril de 1970.

Georgianna Meza
Política
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Foto: Cuartoscuro

Luego de que el 27 de enero anterior la Secretaría de Gobernación publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Constitución en materia de desindexación del salario mínimo, a partir de un día después la Unidad de Medida y Actualización (UMA) sustituyó a este como unidad de referencia para el pago de multas, cuotas, impuestos, créditos, prestaciones y contribuciones en el país.

La creación de la UMA por parte del Congreso de la Unión es producto de la iniciativa presentada el 5 de diciembre de 2014 por el presidente Enrique Peña Nieto ante la Cámara de Diputados para reformar los artículos 26, 41 y 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en materia de desindexación del salario mínimo y su uso como unidad de cuenta en el orden jurídico nacional.

El salario mínimo en México se encuentra regulado por la Ley Federal del Trabajo (LFT) publicada en el DOF el 1 de abril de 1970, la cual es reglamentaria del artículo 123 de la Constitución y hasta antes del 28 de enero se usó como indicador, unidad, base, medida o referencia para fines ajenos a su naturaleza.

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50517030. Dolores Hidalgo, Gto.- En Dolores Hidalgo son decenas los fabricantes de cerámica, donde la técnica artesanal prevalece a través del tiempo en manos de dolorenses. NOTIMEX/FOTO/ESPECIAL/COR/HUM/

Camino

La iniciativa presidencial recibió el aval del Senado de la República el 22 de octubre de 2015 con 90 votos a favor, pero debido a que el dictamen sufrió modificaciones respecto de la minuta enviada por la cámara baja en diciembre de 2014, fue devuelta a San Lázaro para su análisis y eventual aprobación.

Los ajustes en el Senado fueron dos. El primero, relacionado con el artículo segundo transitorio que consideraba que el valor inicial diario de la UMA sería equivalente al del salario mínimo general vigente en las áreas geográficas A y B. No obstante, en virtud de que desde el 1 de octubre de 2015 existe un solo salario mínimo en México el dictamen de la cámara alta modificó la redacción para decir que “el valor inicial diario de la UMA será equivalente al salario mínimo general vigente en todo el país”.

La segunda modificación se realizó al artículo quinto transitorio del dictamen, a fin de establecer un plazo de 120 días naturales para que el Congreso de la Unión emita la legislación reglamentaria que determine el valor de la UMA.

El 29 de noviembre pasado, con 417 votos, la cámara baja aprobó sin cambios la minuta que el Senado de la República le devolvió modificada y solo se limitó a discutir, analizar y posteriormente aprobar el par de ajustes realizados por los senadores.

Decreto

De acuerdo con el decreto publicado en el DOF el Congreso de la Unión, las legislaturas de los estados, la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, así como las administraciones públicas federal, estatales, del Distrito Federal y municipales deberán realizar las adecuaciones que correspondan en las leyes y ordenamientos de su competencia, según sea el caso, en un plazo máximo de un año a partir de la entrada en vigor del mismo.

Lo anterior tiene como objetivo eliminar las referencias al salario mínimo como unidad de cuenta, índice, base, medida o referencia, y sustituirlas por las relativas a la UMA.

El dictamen precisa que el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI) será responsable de calcular el valor de la UMA, cuyo valor inicial será equivalente al del salario mínimo general vigente diario para todo el país, con lo que para este año es de 73.04 pesos; el mensual de dos mil 220.42 pesos y el anual asciende a 26 mil 645.04 pesos.

El dictamen establece además que los créditos vigentes a la entrada en vigor del decreto y cuyos montos se actualicen con base en el salario mínimo y que hayan sido otorgados por el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit), el Fondo de la Vivienda del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (Fovissste) u otras instituciones dedicadas al otorgamiento de crédito para la vivienda, continuarán actualizándose bajo los términos y condiciones que hayan sido estipulados (la mayoría de los mismos tasa el incremento de los pagos con base en la inflación anual).

“Los contratos y convenios de cualquier naturaleza vigentes a la entrada en vigor de este decreto que utilicen el salario mínimo como referencia para cualquier efecto no se modificarán por la UMA, salvo que las partes lo acuerden”, precisa el dictamen.

El INEGI detalla por su parte que la UMA “es la unidad de cuenta, índice, base, medida o referencia económica en pesos para determinar la cuantía del pago de las obligaciones y supuestos previstos en las leyes federales, de las entidades federativas y del Distrito Federal, así como en las disposiciones jurídicas que emanen de todas las anteriores”.

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Beneplácito

Daniel Ordóñez, presidente de la Comisión de Puntos Constitucionales de la cámara baja, comenta que la desindexación del salario mínimo lo convierte en una simple referencia y al mismo tiempo permitirá la recuperación del ingreso.

“Ya no podrá argumentarse que su incremento generaría un proceso inflacionario”, indica el legislador perredista.

La Confederación de Cámaras de Comercio, Servicios y Turismo (Concanaco-Servytur), por medio de su presidente, Enrique Solana, sostiene a su vez que la desindexación del salario mínimo es la vía para la recuperación del poder adquisitivo de los trabajadores, además de una gran oportunidad para combatir la informalidad, que hoy asciende a más de 57% de la Población Económicamente Activa (PEA), de acuerdo con la Secretaría del Trabajo.

No obstante, “este paso no debe frenarse ahí, por lo que el gobierno federal, sindicatos y empresarios deberán trabajar de manera coordinada para que en el mediano plazo el salario se recupere de manera paulatina y responsable”, sugiere.

Por su parte, la Comisión Nacional de los Salarios Mínimos (Conasami) manifiesta su beneplácito ante la publicación del decreto que reforma y adiciona disposiciones en materia de desindexación del salario mínimo ya que, afirma, “se rompe una de las principales ataduras para satisfacer las necesidades de las familias mexicanas”.

Discusión seria

El presidente de la Comisión de Economía de la Cámara de Diputados, Jorge Enrique Dávila Flores, señala en tanto que la desindexación del salario mínimo y la creación de la UMA tendrán efectos positivos en la economía nacional.

“Se da el primer paso para una discusión seria con miras a incrementarlo en forma paulatina, aparejado de una serie de medidas que eleven de manera integral la productividad en el país”, estima el diputado priista.

Entre tales medidas, abunda, debe intensificarse la capacitación y especialización de los empleados y apoyar cada vez más a las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (Mipymes), de manera que se multipliquen las cadenas productivas y se reactive el consumo y la economía de las diferentes regiones del país.

Explica que la UMA se calculará al multiplicar el salario mínimo vigente de 73.04 pesos por 30.4 y su valor se actualizará conforme lo determine la ley reglamentaria del decreto, la cual deberá estar lista dentro de 120 días naturales a partir de su publicación.

Dávila Flores aclara que mientras se hacen las respectivas adecuaciones a normas, ordenamientos y reglamentos que tomaban como referencia el salario mínimo vigente para hacer sus cálculos, el uso de este mecanismo será obligatorio en los tres niveles de gobierno a más tardar en un año.

El artículo 90 de la Ley Federal del Trabajo establece: “Salario mínimo es la cantidad menor que debe recibir en efectivo el trabajador por los servicios prestados en una jornada de trabajo y deberá ser suficiente para satisfacer las necesidades normales de un jefe de familia en el orden material, social y cultural, y para proveer la educación obligatoria de los hijos”.

Así, la que se constituyó como la primera reforma constitucional aprobada por la LXIII Legislatura establece las bases para la recuperación gradual del salario mínimo, el cual perdió aproximadamente 75% de su poder adquisitivo en 35 años, según refiere la Secretaría del Trabajo.

La desindexación del salario mínimo por parte del Congreso de la Unión sin duda da respuesta a un reclamo generalizado sobre la gradual recuperación del poder adquisitivo de los trabajadores mexicanos.

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