INE puede exigir a partidos devolución de recursos: TEPJF

Antonio Caporal
Nacional
TEPJF
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La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó el oficio INE/UTF/DA-L/22617/16 emitido por el titular de la Unidad Técnica de Fiscalización del Instituto Nacional Electoral (INE), por medio del cual notificó al partido Morena la confronta respecto de los remanentes no erogados o acreditados en los gastos de campaña correspondiente al proceso electoral 2014-2015.

Lo anterior significa que el INE sí tiene facultades para exigir al partido Morena que reintegre gastos de campaña no erogados durante el proceso electoral de 2015, a lo cual se había negado dicho instituto político.

Al resolver el expediente SUP-RAP-515/2016, el Pleno declaró “infundado el agravio relativo a la caducidad de la facultad de la autoridad responsable para solicitar el reintegro de los recursos citados, en razón de que dicha cuestión no deriva de una infracción y, por ende, no constituye una sanción, por lo que no resultan aplicables los plazos de caducidad previstos para los procedimientos sancionadores en materia electoral”.

Asimismo, los magistrados consideraron injustificado el agravio precisado, analizado bajo la institución de la prescripción, pues no obstante que la atribución de la autoridad electoral sí puede extinguirse con base en dicha figura, el plazo de cinco años que resulta aplicable no ha transcurrido.