Combate frontal a la trata en la Ciudad de México

Camila Bautista, fiscal central de Investigación para la Trata de Personas de la PGJCDMX, revela los trabajos  para combatir a las bandas organizadas

Norberto Vázquez
Política
Trata de personas
Foto: Alex Maxim.

La trata de personas es un crimen cuyos grupos organizados intentan transformar en un ilícito de difícil demostración jurídica ante ministerios públicos y jueces: gracias a la enorme rentabilidad financiera de este flagelo, que mueve miles de millones de pesos, sus promotores tienen recursos para contratar a despachos de abogados con la finalidad de adiestrar legalmente a las víctimas que intentan ser rescatadas durante operativos o por denuncias ciudadanas.

Por ello la Fiscalía Central de Investigación para la Trata de Personas de la Procuraduría General de Justicia de la Ciudad de México (PGJCDMX) se ha dado a la tarea de innovar en cuanto a elementos para detección del problema y penetración de mecanismos por medio de los cuales operan esas redes delictivas.

Así, gracias a modelos de prevención, investigación de campo y políticas públicas integrales de salvaguarda de las víctimas, es posible superar las condiciones de vulnerabilidad en que se sustenta la trata de personas en la urbe más grande de México.

En entrevista exclusiva, Juana Camila Bautista Rebollar, fiscal central de Investigación para la Trata de Personas de la PGJCDMX, detalla los trabajos que se realizan para detectar a las bandas organizadas que se dedican a la trata de personas y evidenciar su modus operandi; sobre las políticas que de manera integral se aplican en el caso de las mujeres rescatadas; de cómo se organizan los operativos en inmuebles; cómo procede la Ley de Extinción de Dominio, así como los modelos de prevención y denuncia.

Problema

Para empezar, Juana Camila Bautista define que la trata de personas “es una forma moderna de esclavitud y una violación a los derechos humanos, que vulnera el principio de la dignidad humana y degrada a las personas a calidad de mercancía, enriquece impunemente a los tratantes y genera la descomposición del tejido humano. Está establecido el concepto jurídico en nuestra Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Trata de Personas. Con ese sustento buscamos darles un servicio completo y atención integral a nuestras víctimas de este delito tan terrible”.

Añade que en esta legislación existen once modalidades “pero aquí, en la Ciudad de México, la modalidad que mayor incide es la explotación sexual por medio de la prostitución ajena y también los trabajos forzados: esas son las dos incidencias que más se dan en la capital del país”.

La funcionaria narra las diversas formas en que los tratantes cautivan a sus víctimas. “Hemos encontrado trata de personas en cuanto a coercitividad, sometimiento, amenaza y/o violencia. Las víctimas que enganchan los tratantes en diversos estados de nuestro país caen mediante el engaño, la seducción, el enamoramiento… y se las traen con engaños a la Ciudad de México, donde las explotan indicándoles en dónde deben trabajar, en qué esquina, local o establecimiento”, asevera.

Y agrega: “Allí ya opera una cierta coercitividad, un sometimiento bajo amenaza; en muchos casos las embarazan, les retiran a los niños y se los llevan a las hermanas o a la madre del tratante para que ese sea el medio de coercitividad que tengan sobre la víctima, para que les entregue una cuota mensual del trabajo sexual que realiza en algún punto de nuestra ciudad”.

Bautista detalla otra característica de los grupos organizados: “Nuestra Ley General, en el artículo 40, refiere que el consentimiento de la víctima no exime de responsabilidad penal al tratante o al explotador. Esto es en los casos de los antros o de las casas de citas, donde las víctimas suelen decir: ‘Llegué aquí por mi voluntad’, ‘Nadie me obligó’, o ‘Estoy aquí por mi gusto’… ¡Pero la ley es muy clara! Dice que el consentimiento de la víctima no exime de responsabilidad penal a su explotador y ya sabemos cuáles son las mecánicas de estos establecimientos: que las víctimas fichean, hacen bailes privados en cubículos del mismo establecimiento o bien prestan servicio sexual; y obviamente el establecimiento se lleva un alto porcentaje que las víctimas generan en esos lugares”.

Operativos

Bautista Rebollar explica que, penosamente, de las mujeres víctimas casi nunca salen las denuncias para combatir el flagelo: “Lamentablemente las víctimas no vienen a la barandilla… no vienen a denunciar. Por regla general no acceden a esta Fiscalía a denunciar que están siendo objeto de explotación, sino que la mayoría de las veces se trata de quejas ciudadanas. Por ejemplo, ciudadanos que viven alrededor de los antros mandan su denuncia ciudadana, ya que se dan cuenta de lo que ocurre dentro y fuera de esos antros: hay pleitos, balaceras o sacan a las chicas desnudas y las golpean. En muchos antros ha ocurrido eso”.

O bien, añade, “algún agraviado por esta situación habla al Consejo Ciudadano a través de su call center, hace su denuncia anónima y el Consejo Ciudadano nos la envía. Nosotros investigamos y si es positivo entonces la elevamos a carpeta de investigación e iniciamos nuestro trabajo de inteligencia de campo y empezamos a trabajar mediante el apoyo de la Policía Cibernética como de la Policía de Investigación. ¿Por qué cibernética? Porque muchos de estos antros se anuncian por medio de páginas de internet”.

—¿Está bien sustentada la normatividad para enfrentar este delito?

—Nuestra normatividad la marca la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Trata de Personas. Aquí la situación es que la normatividad jurídicamente está bien establecida para definir las conductas que desarrollan estas personas en esos establecimientos; la situación es que están plenamente conscientes de que explotan a las chicas… Este delito se agrega a nuestra legislación vigente, el Código Penal, a finales de 2007. Y el Código Penal exigía puramente coercitividad, sometimiento, amenaza o engaño para las víctimas que fueran obligadas…

—Es decir, los tratantes enfrentan a la ley aleccionando a las víctimas…

—Los abogados de los tratantes lo primero que hicieron fue decirle a las víctimas: “Ustedes están aquí por su voluntad, llegaron aquí porque quisieron, están aquí porque quieren, nadie las obliga a realizar esta actividad en este establecimiento…” Pero creo que no han leído la Ley General que a partir de marzo de 2012 ya está vigente en nuestro país y que se aplica para todo nuestro territorio: en su artículo 40 establece que si la víctima otorga su consentimiento para trabajar en uno de estos establecimientos, eso no exime de responsabilidad judicial al tratante o al explotador de la víctima, vale la pena insistir.

Modus operandi

En las investigaciones que realiza la PGJ capitalina, narra Juana Camila Bautista, se ubican patrones de operatividad muy claros por parte de los delincuentes.

“De acuerdo con la experiencia que tenemos en esta Fiscalía, le puedo decir que sí son grupos organizados. Por ejemplo, los grupos organizados que vienen de los diferentes municipios de Tlaxcala son grupos organizados e incluso son grupos que tienen lazos de parentesco entre sí. Son organizaciones que tienen el modus operandi de ir a otros estados de nuestro país, a municipios muy pobres, donde enganchan a las víctimas por su alto grado de vulnerabilidad”, asume.

—¿Ya funciona como industria de índole ejecutiva?

—Sí. Y le doy un ejemplo. Sabemos que en la Ciudad de México, de acuerdo a los antros, ya hasta formaron una asociación “Proentretenimiento erótico”. Se están reuniendo y aleccionan a las víctimas; e inclusive las víctimas nos han dicho que llevan a los abogados y las citan a “junta de trabajo”; y el abogado les dice qué hacer y qué no hacer, qué decir y qué no decir en un operativo. Eso es lo que hemos detectado. Pero nuestra ley es muy clara: si un tercero obtiene beneficio económico por la actividad de la persona que está siendo explotada, ya ahí tenemos trata de personas. La ley no establece si es un peso o un millón de pesos: con que el tratante obtenga un beneficio económico de esa actividad por la prostitución ajena, está cayendo en la modalidad de trata que es la más común en nuestra ciudad.

—Las zonas rojas de la ciudad, ¿las incluye la ley?

—Como le decía en un principio: las víctimas se resisten a hablar, se resisten a aceptarse como víctimas. ¿Por qué? Porque dicen: “Es mi modo de vida; es lo único que sé hacer y de esto mantengo a mi familia”. Porque ellas están en un alto grado de vulnerabilidad desde su origen. Entonces, debemos investigar y estas indagatorias llevan un proceso muy prolongado en el tiempo. ¿Por qué? Porque precisamente a nuestras víctimas hay que empoderarlas, hay que convencerlas y hacerles ver que están siendo explotadas y agraviadas por los dueños de estos establecimientos, ya sea un antro o una casa de citas.

La otra modalidad está muy clara pero presenta una situación “un poco más compleja: nos han declarado que las reúnen para que los abogados les digan qué decir y qué no decir cuando hay un operativo. Ya que las empoderamos y salieron convencidas, después los abogados les dicen ‘No, ¡digan ante el juez que las obligaron! ¡Que las torturaron! ¡Que las golpearon y que lo que declararon ante el MP no es verdad!” A pesar de que todos hemos visto lo que ocurre en un antro: esa es la situación y eso es lo complejo que se nos presenta. Por eso nos tenemos que allegar más medios de prueba para demostrarle al juez que, aunque se retracte la víctima, hay evidencia que sustenta lo que declararon original y primeramente ante el MP”.

—¿Funciona para estos casos la Ley de Extinción de Dominio?

—Recordemos que la Extinción de Dominio es otra línea jurídica independiente al delito. El MP que conoce el delito de trata de personas pone al inmueble a disposición de la Fiscalía de Extinción de Dominio, para que ellos inicien un juicio civil y lo sometan al tipo de juicios que establece la Ley de Extinción de Dominio. Y entre los delitos en los que procede la extinción está la trata de personas. Por ello en esos casos se inicia el juicio civil para que el inmueble instrumento del delito pase al erario de la Ciudad de México por ese hecho tan grave.

Bautista Rebollar anota que en la Fiscalía “tenemos un grupo especializado de ministerios públicos que acuden a las diferentes escuelas de diversos niveles, desde primaria hasta universidad, a dar pláticas, ofrecer talleres y enseñar a la comunidad estudiantil qué es la trata de personas, cómo evitarla y que no caigan en esa conducta”.

Y concluye señalando que “la instrucción del procurador Rodolfo Ríos Garza es precisa: una lucha frontal e ininterrumpida contra este flagelo, que ya se cumple: la Ciudad de México es la que mayores sentencias tiene en el país”.

Numeralia

La fiscalía antitrata de la CDMX ha realizado 769 operativos.

Se han puesto a disposición 531 personas ante las autoridades jurisdiccionales.

Quedaron ya desarticuladas 66 bandas compuestas por 448 integrantes.

Más de 124 inmuebles relacionados con este ilícito se han asegurado.

Se han obtenido 270 sentencias condenatorias.

Al menos mil 368 víctimas han sido liberadas: mil 302 del sexo femenino, de las que 8% procedía del extranjero.

Fuente: PGJCDMX