ESTAFA MAESTRA

Las oficinas gubernamentales otorgaban contratos a universidades públicas por asignación directa.

Sergio Sarmiento
Columnas
Foto: Especial
Foto: Especial

El artículo 134 de la Constitución establece la obligación de que el gobierno licite las obras públicas: “Las adquisiciones, arrendamientos y enajenaciones de todo tipo de bienes, prestación de servicios y de cualquier naturaleza y la contratación de obra que realicen se adjudicarán o llevarán a cabo a través de licitaciones públicas mediante convocatoria pública para que libremente se presenten proposiciones solventes en sobre cerrado, que será abierto públicamente, a fin de asegurar al Estado las mejores condiciones en cuanto a precio, calidad, financiamiento, oportunidad y demás circunstancias pertinentes”.

Pero vivimos en México, un país en el que las disposiciones constitucionales son debilitadas o anuladas convenientemente por leyes secundarias quizá para facilitar los negocios ilícitos. Así ocurre con el artículo primero de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, el cual dispone una serie de excepciones a la regla constitucional que obliga a las licitaciones. Las universidades públicas se encuentran entre las excepciones y por eso, precisamente, se convirtieron en el vehículo de las transacciones de la llamada Estafa Maestra.

El esquema era muy sencillo y por eso se llevó a cabo en una amplia serie de dependencias federales en el gobierno de Enrique Peña Nieto. Las oficinas gubernamentales otorgaban contratos a universidades públicas por asignación directa para la realización de servicios de todo tipo pero las universidades en lugar de hacer el trabajo lo subcontrataban a empresas privadas, muchas de las cuales ni siquiera existían.

Fraude millonario

El fraude era relativamente seguro para los responsables. Los titulares de las dependencias, como Rosario Robles en la Secretaría de Desarrollo Social (Sedesol) y en la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano (Sedatu), no firmaban personalmente los contratos y, por lo tanto, evitaban incurrir en una responsabilidad legal. Nadie, ni en las dependencias ni en las universidades públicas, supervisaba la realización de los trabajos ni la existencia de las empresas subcontratadas. El destino del dinero no ha quedado claro. Algunos sostienen que se usó para campañas electorales, otros que simplemente fue robado. Según el ex titular de la Auditoría Superior de la Federación, Juan Manuel Portal, el monto de los desvíos durante el tiempo en que él estuvo a cargo de la ASF fue de siete mil 600 millones de pesos. El nuevo auditor, David Colmenares, ha señalado que han continuado las investigaciones y se han encontrado nuevas irregularidades. La cantidad total seguramente crecerá.

Los corruptos siempre buscarán formas de manipular las leyes. Pero es claro que las disposiciones del artículo primero de la Ley de Adquisiciones han facilitado los fraudes. Hay una razón muy clara para la disposición constitucional de que las dependencias gubernamentales realicen licitaciones abiertas. La excepción de las universidades públicas y otras dependencias, sobre todo cuando se les permite hacer subcontrataciones, no es más que un subterfugio para violar la Constitución.

La experiencia nos dice que cuando las reglas legales son adecuadas y claras se reducen de manera significativa los actos de corrupción. Una medida evidente es eliminar las excepciones a las licitaciones. La única razón por la que los contratos se pueden asignar directamente a las universidades públicas es para evadir el requisito constitucional de tener licitaciones públicas.