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Las células del cordón umbilical no son únicamente para uso hematológico.
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“Que no se tengan tantos gastos onerosos en el gobierno”.
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Destaca los fenómenos naturales que han impacto a México
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La sociedad está llamada a reivindicar al magisterio.
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La atención oftalmológica no llega a toda la población.
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Se apreciaron más de 400 actividades en el Zócalo de la Ciudad de México
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El Pleno de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó la resolución INE/CG638/2018 aprobada por el Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE), mediante el cual se determinó existencia de un vínculo indisoluble entre el fideicomiso “Por los demás” y el partido Morena, por lo que los recursos ingresados al fideicomiso están sujetos a las reglas de fiscalización y, en consecuencia, le impuso al partido una sanción por $197,046,415.92, al concluir que los recursos aportados al fideicomiso debían considerarse como aportaciones al partido y, con ello, acreditarse la recepción de financiamiento de fuentes prohibidas o desconocidas, además de no haberse informado oportunamente a la autoridad electoral la constitución del fideicomiso ni los recursos recibidos.
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Algunas causas son infecciones, diabetes, trastornos del suelo pélvico o del esfínter.
