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La magistrada presidenta de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), Janine M. Otálora Malassis, aseguró que la justicia no responde a los clamores políticos, ni a las necesidades de una coyuntura.
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La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó, por unanimidad de votos, revocar tanto la sentencia del Tribunal Electoral de Tabasco, como el acuerdo CE/2017/051 emitido por el Organismo Público Local Electoral (OPLE) de Tabasco, mediante el cual se determinó el límite del financiamiento privado que podrían recibir las y los candidatos independientes de sus simpatizantes, así como de sus aportaciones propias, para gastos de campañas durante el proceso electoral local ordinario 2017-2018.
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La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) declaró, por mayoría de votos, improcedentes las medidas cautelares solicitadas en contra de la difusión en radio y televisión del promocional denominado “¿Y si los niños fueran candidatos?”, cuya difusión es responsabilidad de la Asociación Mexicanos Primero, Visión 2030, A.C.
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Compareció ante un juez en la Corte Federal de Brownsville
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Con relación al desplegado publicado este lunes en medios impresos por la empresa “Odebrecht, Ingeniería & Construcción México”, se informa que las sanciones contra dicha empresa y sus representantes legales, publicadas el pasado 17 de abril en el Diario Oficial de la Federación, fueron impuestas por la Secretaría de la Función Pública (SFP) en pleno ejercicio de sus atribuciones legales, luego de identificar irregularidades en la ejecución de contratos suscritos por la constructora y sus filiales con Petróleos Mexicanos.
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Siete de cada 10 niños y adolescentes presentan caries dental.
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Se encontraba detenido en Italia desde abril de 2017
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Le queda acudir a instancias superiores para tratar de salir de prisión
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A dos meses de la votación las autoridades electorales discrepan en sus criterios
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La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó, por mayoría de votos, revocar un dictamen y un acuerdo del Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE), relativos al registro de Armando Ríos Piter como candidato independiente a la Presidencia de la República. En el dictamen, INE/CG269/2018, se analizó el cumplimiento del porcentaje de apoyo ciudadano requerido para el registro como candidato independiente a la presidencia de la República, mientras que el acuerdo INE/CG288/2018 tuvo por no presentada su solicitud de registro.
