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La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó, por unanimidad de votos,revocar la sentencia dictada por la Sala Regional Monterrey, en el expediente SM-JDC-155/2018 y sus acumulados, en la que se estableció que los partidos políticos pueden consultar la información contenida en los apoyos ciudadanos, otorgado a favor de candidaturas independientes registradas en Nuevo León.
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Hará valer la democracia para castigar a quienes compran votos
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Se debe conocer la opinión de los expertos.
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Se pronuncia a favor de impulsar la transición a energías limpias
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Comunidad internacional desconoce validez de proceso electoral en Venezuela
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Prevé que habrá más declinaciones, están muy nerviosos, dice
