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Las consejeras Pamela San Martín y Adriana Favela participaron en el Seminario “Coahuila, Estado de México, Nayarit, Veracruz: lecciones aprendidas de cara al 2018”, cuyo objetivo es analizar y discutir las distintas actividades realizadas durante los procesos electorales locales del pasado 4 de junio para detectar áreas de oportunidad hacia los próximos comicios.
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La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) “declaró la improcedencia de una medida cautelar y la tutela preventiva solicitada por Morena en contra del promocional de radio y de televisión denominado ‘Inocente con’, pautado por el PRI en estados del país sin proceso electoral local, que a juicio del quejoso contiene probables elementos calumniosos en contra de ese instituto político y su dirigente nacional, Andrés Manuel López Obrador”.
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La sociedad es la que sufre más los efectos de la corrupción que se registra en el ámbito gubernamental: Portal Martínez
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La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) ordenó al PAN “el retiro del promocional titulado “Cristalazo” de su cuenta de la red social Facebook y sitios de internet administrados por dicho instituto político y, como tutela preventiva, mandató al partido se abstenga de difundir promocionales con contenido violento en los que participen menores de edad”.
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Son el factor más influyente para conseguir el éxito de los alumnos
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La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) declaró improcedente la medida cautelar solicitada por Morena y por el PAN, en contra de un promocional en radio y televisión (sobre programas educativos), difundidos por el Gobierno del Estado de México, que a juicio de los quejosos contraviene la norma electoral al contener propaganda gubernamental prohibida para el periodo de campaña electoral que se desarrolla en la entidad.
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Se realizó concurso de oposición a nivel nacional
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La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) “ordenó —por mayoría de votos— la suspensión de los promocionales “Hagamos historia” y “Espuma”, en los que aparece el dirigente nacional de Morena, Andrés Manuel López Obrador, y que fueron transmitidos en radio y en televisión por ese partido para el periodo de campaña electoral en el estado de Veracruz, toda vez que —bajo la apariencia del buen derecho— podrían constituir un uso indebido de la pauta al no hacer referencia a ningún candidato o al tipo de elección que se desarrolla en la entidad”.
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La Sala Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó que “el gobierno federal no vulneró la normativa electoral a través de la difusión de promocionales en radio, televisión e internet, relativos a programas sociales y logros de gobierno, durante la etapa de precampaña e intercampaña en el proceso electoral que se desarrolla en el Estado de México, ya que no existe prohibición constitucional y legal para su promoción en esos periodos”.
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La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) declaró procedente la medida cautelar solicitada por el Partido Revolucionario Institucional (PRI) en contra de la difusión del promocional “Vecinas Coahuila”, en sus versiones para radio y televisión, pautado por el Partido Acción Nacional (PAN) para el periodo de campaña que se desarrolla en el estado de Coahuila.
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Cada año se transmiten más de 13 mil anuncios de comida chatarra en los programas y horarios más vistos por los niños
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La Sala Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) sancionó al PAN “por actualizar la infracción de uso indebido de la pauta, ello con motivo de su promocional denominado Intercampaña Edomex difundido para esa etapa del proceso electoral”.
