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La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó, por unanimidad de votos, revocar tanto la sentencia del Tribunal Electoral de Tabasco, como el acuerdo CE/2017/051 emitido por el Organismo Público Local Electoral (OPLE) de Tabasco, mediante el cual se determinó el límite del financiamiento privado que podrían recibir las y los candidatos independientes de sus simpatizantes, así como de sus aportaciones propias, para gastos de campañas durante el proceso electoral local ordinario 2017-2018.
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En Chiapas, Morelos, Puebla y Veracruz los candidatos tendrán 60 días para difundir propuestas
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Compareció ante un juez en la Corte Federal de Brownsville
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El Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) ratificó por unanimidad la decisión de negar el registro a Armando Ríos Piter como candidato independiente a la Presidencia de la República, en virtud de que el aspirante no ejerció su derecho de audiencia y no hubo modificación en su estado de apoyos ciudadanos clasificados como inconsistentes.
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La Comisión de Prerrogativas y Partidos Políticos del Instituto Nacional Electoral (INE) aprobó solicitar a la Secretaría Ejecutiva que informe a la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) sobre el no ejercicio del derecho de audiencia de Armando Ríos Piter, aspirante a una candidatura independiente a la Presidencia de la República, no obstante la capacidad y disposición institucional para garantizar la revisión de sus apoyos ciudadanos.
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A dos meses de la votación las autoridades electorales discrepan en sus criterios
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Los partidos políticos y coaliciones han postulado a sus mejores cuadros
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Una de sus propuestas en es trabajar en la educación ambiental
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Niega que sea por el “tono político” llevado por Trump a Washington
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La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó, por mayoría de votos, revocar un dictamen y un acuerdo del Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE), relativos al registro de Armando Ríos Piter como candidato independiente a la Presidencia de la República. En el dictamen, INE/CG269/2018, se analizó el cumplimiento del porcentaje de apoyo ciudadano requerido para el registro como candidato independiente a la presidencia de la República, mientras que el acuerdo INE/CG288/2018 tuvo por no presentada su solicitud de registro.
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Los ciudadanos deben estar atentos a este compromiso
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La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) ordenó a los partidos del Trabajo y Morena sustituir los spots “MOR JALISCO CAMPAÑA PT” (televisión) y “LOMELI GOBERNADOR” (radio y televisión), respectivamente, registrados para su difusión en la pauta local del estado de Jalisco, en los que aparece la imagen de Andrés Manuel López Obrador, candidato a la Presidencia de la República por la Coalición “Juntos Haremos Historia”, ya que podría implicar una sobreexposición del abanderado presidencial frente al electorado, además de contravenir el principio de equidad en la contienda.
