Un real problema lo constituye la visión personal con la que se interpreta y entiende algún postulado plasmado en los textos legales. Cuando se trata de materia electoral generalmente ello se recrudece al involucrarse la ideología política con la que se simpatiza. Esto precisamente ocurre en tiempo presente en nuestro país: tenemos tres frentes con visiones encontradas ante la normativa que en gran parte definirá el devenir del proceso electoral: por una parte el Ejecutivo federal, con una gran capacidad de comunicación; y por otra, en cada esquina, los órganos encargados en la materia como lo son el TEPJF y el INE.
La generación de confusión es inevitable para un ciudadano que cada vez más se hace ajeno a lo discutido. Si los órganos jurisdiccionales y reguladores autónomos de la próxima elección dan muestras de inconsistencia en su actuar poca será la credibilidad concedida en presente y futuro a ellos, que ya suficiente desgaste experimentan en lo reciente.
No es menor tal aseveración cuando se pone en juego el rumbo y ruta del país en su conjunto. Y más aún cuando la aceptación de los próximos resultados se entrampa en la lodosa cancha de la política. Nos encontramos en un terreno pantanoso donde las decisiones del Instituto Nacional Electoral no se cuestionan en cuanto a que se encuentran debidamente apegadas a la ley. La aplicación estricta del principio de no sobrerrepresentación más allá de 8% establecido en la Constitución, así como la sanción a candidatos que no justificaron gastos de precampaña, son además de plausibles necesarias: se llama cumplir con lo que mandata la norma.
Sin embargo el asunto concerniente a la sobrerrepresentación se presta a la suspicacia y a la argumentación negativa precisamente por la inconsistencia en su aplicación desde que los mismos preceptos legales tomaron vigencia en un lejano 1996. Así continuó en un ejercicio desapegado de la legalidad, sin que mediaran reclamos por la notoria irregularidad de lo acontecido en la asignación de la representación proporcional de partidos políticos en las elecciones de 2012, 2015 y 2018.
Ruta
En el primer año mencionado la coalición PRI-Partido Verde obtuvo una asignación porcentual de 8.2% sobre la votación conseguida. En 2015 la misma coalición obtuvo aún más porcentaje sin que se corrigiera el desvío; en ese caso se otorgó 9.7% adicional para la representación en la cámara.
Pero no solo se favoreció a aquellos institutos políticos: en 2018 la coalición compuesta por Morena, el Partido del Trabajo y el Partido Encuentro Social obtuvo cerca del doble del porcentaje permitido por el artículo 54 constitucional.
Bordear la frontera de la mención en el texto de ley constituye una anomalía grave a la cual no deberíamos de ninguna forma estar habituados. Sin embargo parecería que ante la complejidad que implica desvincular la discusión política de la legal cuando al camino de lo electoral nos referimos quizá la máxima de funcionamiento sea regirse por prueba y error. Es así que lo intrincado de un sistema electoral como el mexicano, sumado a la permisividad en las reglas del juego, propicia que no se perciba la consolidación de un juego democrático que nos satisfaga a todos.
Con la confirmación del Tribunal Electoral sobre la legalidad de las normas en materia de sobrerrepresentación aún hay mucho que hacer para procurar coherencia en la aplicación de la ley por parte de las instituciones encargadas del ramo. Desde tiempos tempranos, seguro estoy, el INE conocía de los mecanismos fraudulentos por los cuales, mediante el uso ventajoso de las coaliciones electorales, se logró que partidos pequeños conservaran registros cuando no les correspondían. Se permitió que, por igual, partidos grandes flanquearan la legalidad para evitar el tope de 8% permitido. Pero sobre todo se permitió que los ciudadanos cayéramos en el conformismo de la no exigencia, con lo que se depositó en las manos de los convenientes interpretadores de la ley un pasaporte para hacer del texto constitucional mera letra muerta.
En un ambiente como el que vivimos la única ruta para evitar la distorsión de la representación democrática es la consistencia en el actuar. ¿O acaso existe algún otro camino?