UN ELEMENTO FUNDAMENTAL

“El antecedente del voto de personas privadas de su libertad sin sentencia data de 2018”.

Samuel Rodríguez
Columnas
VOTO

Si bien distan de ser determinantes por su volumen, sin la menor duda en la elección de 2024 tendrán repercusión tanto los votos de los connacionales desde el extranjero como los que emitan quienes se encuentran privados de la libertad bajo prisión preventiva.

Ello pone de relieve la complejidad de la elección más grande en la historia moderna del país, a la par de la mayor inclusión social que se aprecia.

Con corte al 25 de enero de 2024, el Instituto Nacional Electoral (INE) informó que recibió un total de 100 mil 988 registros de mexicanos residentes en el extranjero que desean participar en las elecciones del 2 de junio.

Para 2024 se habilitaron tres diferentes formas de envío del voto: electrónica por internet, vía postal y presencial en sedes consulares aprobadas por el INE. De los tres métodos de participación, la ciudadanía residente en el extranjero manifestó mayor interés por la modalidad electrónica por internet, con 66.85%; seguido de la modalidad postal, con 27.53%; y, finalmente, la vía presencial, con 6.61 por ciento.

Por lo que hace a las personas privadas de su libertad, hasta noviembre de 2023 el volumen era similar: se estima que cerca de 93 mil personas en prisión, en todo el país, podrán votar.

Así, este se presenta como un año de transformación en términos de derechos electorales, en la manera en que la sociedad y las autoridades penitenciarias perciben y tratan a las personas en prisión preventiva y en pasos hacia la reinserción social. Por ello se hace un llamado a la acción para construir un sistema más humano, empático y efectivo, reconociendo que la verdadera reinserción va más allá de la privación de la libertad: va hacia una integración plena de las personas en la sociedad.

El antecedente del voto de personas privadas de su libertad que se encuentran en prisión preventiva y por tanto sin sentencia data de junio de 2018, cuando dos personas recluidas en el Centro Estatal de Reinserción Social El Amate, en Cintalapa, Chiapas, presentaron una impugnación ante la Sala Superior del Tribunal por la omisión del INE de emitir los lineamientos que les permitiera ejercer su derecho a votar, sin haber sido condenadas a través de una sentencia.

En febrero de 2019 la Sala Superior del Tribunal concluyó que las personas en prisión que no han sido sentenciadas tienen derecho a votar, porque se encuentran amparadas bajo el principio de presunción de inocencia, por lo que ordenó al INE realizar una prueba piloto en 2021, con miras a su implementación en 2024. Consecuentemente, el árbitro electoral tuvo que incorporar esa modalidad de votación en el proceso 2024.

Proselitismo

Frente a este conglomerado de electores, que si bien no representan más allá de 200 mil sufragios, la gran incógnita radica en conocer la forma en la que los candidatos a cualquiera de los cargos por los que podrán votar se acercarán a ellos para darles a conocer sus propuestas.

Evidentemente la ley, las normas y el árbitro electoral los han incluido como actores del proceso electoral, pero falta ver si los candidatos les dedican un espacio en particular o qué tipo de acciones de proselitismo implementarán para ir en pos de esos sufragios, que en caso de un resultado reñido serían fundamentales.

Más allá de la implementación del voto electrónico o el voto anticipado, sin duda la forma en que se llevará a cabo el proselitismo entre los integrantes de esos sectores, si verdaderamente se busca ser incluyentes, será de un interés particular.