Mientras la presidenta Claudia Sheinbaum realiza por todas las entidades federativas su gira de promoción sobre acciones a seguir en el corto y mediano plazo, así como dar cuenta de manera general de lo efectuado en los primeros once meses de su gestión, la atención y actividad principal se desarrollará en el Poder Legislativo, donde la Cámara de Diputados y el Senado deberán concentrarse en dos escenarios obligados.
Primero, la glosa del informe; y, segundo, la aprobación del Paquete Económico, que comprende de manera general la Ley de Ingresos y el Presupuesto de Egresos de la Federación (PEF) 2026.
El panorama parece sencillo y rutinario, pero hay que considerar que se rige por la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, que en su artículo 42 establece de manera textual: III. El Ejecutivo federal remitirá al Congreso de la Unión, a más tardar el 8 de septiembre de cada año: a) Los criterios generales de política económica en los términos del artículo 16 de esta ley, así como la estimación del precio de la mezcla de petróleo mexicano para el ejercicio fiscal que se presupuesta determinada conforme a lo dispuesto en el artículo 31 de esta ley; b) la iniciativa de Ley de Ingresos y, en su caso, las iniciativas de reformas legales relativas a las fuentes de ingresos para el siguiente ejercicio fiscal; y, c) el proyecto de Presupuesto de Egresos. IV. La Ley de Ingresos será aprobada por la Cámara de Diputados a más tardar el 20 de octubre y por la Cámara de Senadores a más tardar el 31 de octubre. V. El Presupuesto de Egresos deberá ser aprobado por la Cámara de Diputados a más tardar el 15 de noviembre. VI. La Ley de Ingresos y el Presupuesto de Egresos de la Federación deberán publicarse en el Diario Oficial de la Federación a más tardar 20 días naturales después de aprobados.
Así, establece con claridad que senadores y diputados deben aprobar la Ley de Ingresos, pero la aprobación del Presupuesto de Egresos es una acción que corresponde solo a la cámara baja.
Los tiempos y plazos se plasman en la ley, pero no se limitan solo al mes de septiembre, por lo que es conveniente que todos los interesados en saber la forma en la que se opera la conformación y aplicación de la Ley de Ingresos y el Presupuesto de Egresos conozcan el procedimiento completo.
Glosa
En cuanto a la glosa del informe, en principio hay que considerar que no todos los integrantes del gabinete son llamados a tomar parte en ese ejercicio.
La Constitución establece que cada una de las cámaras (Diputados y Senadores) realizará el análisis del informe presidencial y podrá solicitar al titular del Poder Ejecutivo ampliar la información mediante pregunta por escrito y/o citar a los secretarios de Estado y a los directores de las entidades paraestatales, quienes comparecerán y rendirán informes bajo protesta de decir verdad.
De ahí que no solo los secretarios de Estado estén obligados a tomar parte en la glosa en caso de ser llamados, sino también los directores de las entidades paraestatales.
Para definir qué funcionarios comparecerán tanto en la Cámara de Diputados como en el Senado se realiza un consenso, que culmina en la conformación de un calendario de comparecencias.
Pero, en general, la Ley Orgánica del Congreso define que el análisis del informe se desarrollará clasificándose por materias: en política interior, política económica, política social y política exterior.
Es por eso que, al momento, gran parte de la atención social, política y económica se concentra en el Legislativo.