Piden castigo al tráfico de influencias en acuerdos electorales

Infractores no podrían ser candidatos a cargos de elección

Antonio Caporal
Elecciones 2024
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Cámara de Diputados Prensa

A fin de que los derechos o prerrogativas de los ciudadanos se suspendan “por la conformación de acuerdos políticos electorales que tengan como objeto traficar influencias, la corrupción, la exoneración del pago de impuestos y realizar acciones penales”, el diputado Braulio López Ochoa Mijares (MC) propuso modificar la Constitución Política.

La reforma y adición de una fracción VIII al artículo 38 de la Carta Magna también precisa que, en dichos supuestos, la persona no podrá ser registrada como candidata para cualquier cargo de elección popular, ni ser nombrada para empleo, cargo o comisión en el servicio público por ocho años.

La iniciativa, remitida a la Comisión de Puntos Constitucionales, resalta que el desarrollo de la coyuntura electoral debe estar libre de vicios políticos en los cuales se comprometa el régimen democrático a consecuencia de los intereses particulares, mismos que pueden cultivar la corrupción en el ejercicio de las personas postuladas a cargos públicos.

Sostiene que no se puede permitir que, en el marco de la realización de alianzas o coaliciones electorales, se conformen acuerdos políticos electorales que condicionen el “tráfico de influencias, la corrupción, la exoneración del pago de impuestos y la realización de acciones penales”.

Agrega que no se puede pasar por alto este tipo de comportamientos que afectan el goce de la libertad de elección democrática, su transparencia y de las funciones de nuestras instituciones.

Argumenta que el tráfico de influencias es una manifestación de la corrupción administrativa y se comete cuando alguien influye en un funcionario público o autoridad para que realice un acto que pueda generar un beneficio, ya sea para sí o para otros.