México, 2 de junio. El senador Luis Donaldo Colosio Riojas, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, presentó ante la Comisión Permanente del Congreso de la Unión un punto de acuerdo para exhortar respetuosamente al gobernador de Michoacán, Alfredo Ramírez Bedolla, a realizar un análisis de constitucionalidad y convencionalidad sobre la reforma al Código Electoral del Estado aprobada el 27 de mayo, y a ejercer su facultad de observaciones antes de promulgarla.
La reforma, aprobada con 34 votos a favor y 3 en contra, establece que las candidaturas independientes deberán realizarse de manera estrictamente individual y prohíbe que los aspirantes ciudadanos desarrollen actos conjuntos o coordinados de campaña, compartan propaganda, imagen, emblema, colores, lemas, plataformas comunes o cualquier elemento que genere frente al electorado la percepción de bloque o agrupación.
“Las leyes no pueden usarse para evitar que un movimiento legítimo crezca protegiendo los intereses de los partidos por sobre los de la gente. Si permitimos eso, el único avance que frenaremos es el de la democracia y la libertad”, afirmó Colosio Riojas.
El punto de acuerdo expone que las restricciones aprobadas plantean tensiones sustantivas con el artículo 9° de la Constitución, que garantiza sin distinciones el derecho de los ciudadanos a asociarse para tomar parte en los asuntos políticos, y con la fracción III del artículo 35, que reconoce el derecho ciudadano a asociarse individual y libremente para participar de manera pacífica en la vida política del país.
En el ámbito convencional, las disposiciones no superan el test de proporcionalidad y necesidad que el artículo 16 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos exige para limitar la libertad de asociación. La prohibición de compartir colores, símbolos o estrategias no responde a un interés de seguridad nacional ni de orden público, ni protege derechos de terceros.
El senador recordó que la reforma se aprueba en un contexto político en el que el Movimiento Independiente del Sombrero ha emergido como una fuerza ciudadana relevante en Michoacán. Fundado por Carlos Manzo Rodríguez —quien obtuvo la presidencia municipal de Uruapan en 2024 con más de 95 mil votos por la vía independiente y fue asesinado el 1 de noviembre de 2025—, el movimiento es hoy encabezado por la presidenta municipal Grecia Quiroz García.
Las disposiciones aprobadas, sostuvo Colosio Riojas, presentan características de una legislación ad hoc: la prohibición de utilizar emblemas de procesos anteriores, la proscripción de toda forma de coordinación entre candidaturas independientes y la tipificación de la percepción de bloque como causal de cancelación de registro recaen de manera desproporcionada sobre una organización ciudadana específica.
“La elaboración de normas electorales con destinatario predeterminado compromete los principios de generalidad y abstracción que deben regir toda disposición normativa, y resulta incompatible con la naturaleza impersonal que la ley debe observar en un Estado democrático de derecho”, indicó.
Los artículos 42 y 43 de la Constitución Política del Estado de Michoacán facultan al Ejecutivo estatal a formular observaciones a los decretos legislativos antes de su promulgación, salvo cuando el Congreso ejerza funciones de Colegio Electoral o esté erigido en Gran Jurado. El punto de acuerdo exhorta al gobernador Ramírez Bedolla a ejercer esa facultad para devolver el decreto al Congreso del Estado y permitir que sea reconsiderado antes de su publicación en el Periódico Oficial.
“La autonomía de las legislaturas estatales para legislar en materia electoral opera dentro de los límites que la propia Constitución y los tratados internacionales establecen. Cuando esos límites se rebasan, el diálogo institucional entre poderes no es una intromisión, es una obligación”, concluyó el senador.

