Ratifica SCJN que Fuerzas Armadas participen en tareas de seguridad

Avala acuerdo del Poder Ejecutivo para que esa intervención sea regulada, subordinada y complementaria

Redacción
Nacional
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Foto: Suprema Corte

Ciudad de México, Mayo 25.- El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ratificó la validez del Acuerdo del Poder Ejecutivo para disponer de la Fuerza Armada Permanente, de manera extraordinaria, regulada, fiscalizada, subordinada y complementaria, en tareas de seguridad pública.

En la sesión del pleno de este jueves fue discutido el proyecto de las controversias constitucionales promovidas por los municipios de Colima, Colima; Pabellón de Arteaga, Aguascalientes, y el gobierno de Michoacán, en contra, en contra del Acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 11 de mayo de 2020.

La ministra ponente, Margarita Ríos Farjat, estimó que la coordinación que se está dando entre las secretarías de la Defensa Nacional (Sedena), de Marina-Armada de México (Semar) y de Seguridad y Protección Ciudadana (SSPC) está consolidando el proyecto de la Guardia Nacional, objetivo del Acuerdo del Ejecutivo Federal

Expuso que en el análisis del acuerdo proponía reconocer la constitucionalidad de la coordinación entre las secretarías de Seguridad y Protección Ciudadana con las de la Defensa Nacional y de Marina.

“Este contexto es el que está rigiendo actualmente la consolidación de la Guardia Nacional, una tarea conjunta de diversas dependencias de la administración pública federal, donde las decisiones de este Pleno solo han delimitado la manera en que pueden organizarse, sin que esto modifique las condiciones de los integrantes de las fuerzas militares”, consideró.

Ríos Farjat aseveró en su proyecto que el Acuerdo impugnado no invade las competencias de seguridad de los municipios ni del gobierno de Michoacán, por lo que no hay subordinación y sí colaboración entre autoridades.

Subrayó que la seguridad pública es una materia concurrente entre los tres niveles de gobierno, por lo que visto bajo estas premisas el Acuerdo impugnado no implica subordinación, dependencia o intromisión del Ejecutivo sobre los municipios que están acudiendo a estas controversias constitucionales.

La ministra ponente subrayó que la intervención de las fuerzas armadas se contempla en un marco de colaboración del sistema nacional de seguridad pública.

La ministra presidenta, Norma Piña Hernández, expuso por su parte que la colaboración que pueda darse queda sujeta al marco legal de los convenios de colaboración respectivos, de manera que la participación de las Fuerzas Armadas Permanentes en tareas de seguridad pública, a nivel estatal o municipal, no se dará en forma automática a partir de la emisión del acuerdo impugnado, sino que para ello deben existir los convenios correspondientes”.