Ciudad de México, Mayo 18.-Por mayoría de ocho votos a favor y tres en contra, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó la parte del decreto publicado por el Ejecutivo federal en el que se las obras prioritarias de la presente administración del presidente Andrés Manuel López Obrador como de seguridad Nacional.
En la sesión de este día, la mayoría de ministros determinó que el acuerdo vigente desde 2021 afecta el derecho a la información e interfiere en las facultades de actuación del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y protección de Datos Personales (INAI).
En su proyecto a la acción de inconstitucionalidad promovido por el INAI, el ministro Juan Luis González Alcántara consideró que el acuerdo era inconstitucional porque a su amplitud ambigüedad “obstaculiza e inhibe el acceso a la información de toda la ciudadanía respecto de las obras del gobierno de México.
“El acuerdo es, en tal grado impreciso respecto a las implicaciones del derecho al acceso a la información pública y transparencia que da un margen demasiado amplio a las autoridades para reservar información, además de que la declaratoria no se hace respecto de una lista taxativa del proyecto de obras”.
Agregó que tal como está formulado el acuerdo pone en entredicho las obligaciones de transparencia que pesan sobre las autoridades que ejercen recursos públicos y que tiene como objetivo permitir el control ciudadano sobre ese objetivo.
Con el voto a favor de ocho ministros y tres en contra de las ministras Yasmín Esquivel, Loretta Ortiz Ahlf y el ministro Arturo Zaldívar, el pleno se manifestó por la invalidez del decreto que entró en vigencia desde el 22 de noviembre de 2021.
Por tratarse de un acto administrativo y no una norma general, se requerían al menos seis votos del pleno para declarar su inconstitucionalidad.