PRD debe suplir promocional en Puebla, Nuevo León y Sinaloa

Propaganda política debe destinarse a elecciones que fue asignada

INE, Consejeros
Foto: Notimex
Redacción
Política
Compartir

México, Ciudad de México, 28 de mayo. El Partido de la Revolución Democrática (PRD) deberá sustituir el spot de radio pautado en Puebla, que promociona al candidato a gobernador de Veracruz, Miguel Ángel Yunes Márquez, de la coalición Por Veracruz al Frente.

La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) ordenó al PRD que sustituya el promocional, pautado del 28 al 30 de mayo del año en curso para la campaña local en Puebla, en un plazo no mayor a tres horas a partir de la notificación formal.

En sesión extraordinaria urgente, con el voto unánime de las consejeras Adriana Favela y Claudia Zavala, así como del consejero Benito Nacif, la comisión concedió la medida cautelar solicitada por el Partido Revolucionario Institucional (PRI).

Argumentaron que los mensajes y difusión de la propaganda en radio y televisión a que tiene derecho un partido deberán destinarse exclusivamente a las elecciones a que fueron asignados, en correspondencia con la tesis de jurisprudencia 33/2016, del Tribunal Electoral federal.

Además, en otro caso analizado durante la misma sesión, la comisión concedió por unanimidad de votos la medida cautelar solicitada por Morena y ordenó que en un plazo no mayor a tres horas se sustituya el spot de televisión “IZQUIERDA SI”, pautado por el PRD para los estados de Nuevo León y Sinaloa.

Los consejeros consideraron que en ese spot aparecen tres menores de edad sin que medie –aparentemente- el consentimiento de los padres o tutores, así como la opinión libre e informada de uno de los niños, en contravención con los parámetros establecidos en la Jurisprudencia 5/2017 de la Sala Superior del Tribunal Electoral federal, así como los Lineamientos para la Protección de Niñas, Niños y Adolescentes en materia de Propaganda y Mensajes Electorales.

En tanto, al analizar un tercer expediente, la comisión determinó también por unanimidad la improcedencia de la medida cautelar formulada por Morena contra el PRI, por la difusión de un promocional de radio y televisión, que a juicio del quejoso contiene aparentes expresiones calumniosas.

La comisión consideró que la palabra “ratas” es utilizada en spots de manera genérica; por lo tanto, no puede considerarse, en apariencia del buen derecho, que sea para adjetivar de manera directa a Morena o a sus afiliados o militantes.

En el mismo sentido, expuso en un comunicado, la Comisión resolvió como improcedente la medida cautelar solicitada por Morena contra del Partido Acción Nacional (PAN), por la difusión de un promocional de televisión, pautado para su difusión en diversas entidades federativas, por aparentes elementos calumniosos en su contra.

Expusieron que el contenido central del promocional consiste en emitir una opinión, crítica y aparente contraste de posiciones respecto a un tema de interés general como lo es el aumento o decremento de impuestos y el precio de la gasolina, a partir de la perspectiva del emisor del mensaje.

×